Preveía nombrar un gobernador interino al concluir la gestión de Cárdenas Batel
Frena la Corte ley para empatar fechas electorales en Michoacán
Es inconstitucional el acuerdo adoptado por el gobernador de Michoacán, Lázaro Cárdenas Batel, aprobado por el Congreso local, que prevé designar un gobernador interino por 20 meses, ampliar en siete meses el periodo de los diputados locales y en ocho la gestión de 113 presidentes municipales, sostuvo la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Al emitir su opinión sobre la acción de inconstitucionalidad presentada por la dirigencia nacional del Partido de la Revolución Democrática en contra de la decisión del Congreso michoacano, en su momento respaldada por los legisladores perredistas, además de los diputados de los partidos Revolucionario Institucional, Acción Nacional, del Trabajo y Verde Ecologista de México, los magistrados electorales consideraron que "no se justifica" la designación del gobernador interino, pues lo que procede para "empatar" los comicios locales con los federales en 2008 es que se convoque a elecciones.
En la opinión jurídica dirigida al pleno de la Corte, los magistrados que hasta hace unas semanas integraron la primera sala de los cuales únicamente se mantuvo en el cargo Alejandro Luna Ramos sentaron un precedente que podría aplicarse en sendas acciones de inconstitucionalidad que también interpuso el PRD contra reformas electorales en los estados de Oaxaca y Chiapas, donde también se aprobó nombrar gobernadores interinos que, al igual que el caso de Michoacán, están en curso ante la Corte.
De acuerdo con el expediente de la causa, el TEPJF consideró que en el caso de Michoacán ni el mandatario Lázaro Cárdenas Batel ni el Congreso local en su calidad de autoridades demandadas justificaron las razones para que el 28 de febrero de 2008, cuando el gobernador concluya su gestión, tenga derecho de enviar una terna de aspirantes a la Cámara de Diputados para que elija a un gobernador interino para un periodo de 20 meses.
Tampoco justificaron agregaron los magistrados las razones por las cuales se amplió en siete meses el periodo de los diputados locales ni los ocho que se incrementó el tiempo en el cargo de los 113 presidentes municipales.
Todo con miras a que en 2009 coincida la elección de gobernador con la de diputados federales y que en 2012 concurran los procesos electorales para elegir presidente de la República, senadores, diputados locales y presidentes municipales.
La sala superior señaló que decidir sobre la ampliación de mandato o la elección de un gobernador interino debe ser tomada mediante consulta popular, porque de lo contrario se violan principios constitucionales de periodicidad y libre elección.