Usted está aquí: martes 30 de enero de 2007 Estados Resuelve la Corte recurso contra el Congreso de Jalisco

Resuelve la Corte recurso contra el Congreso de Jalisco

JESUS ARANDA

Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) consideraron que el artículo 59 de la Constitución de Jalisco es discriminatorio, pues exige más requisitos a los aspirantes a magistrados no nativos de la entidad, que a los oriundos.

Al resolver la controversia constitucional interpuesta por el Poder Judicial del estado contra el Congreso local, los ministros cuestionaron también a sus pares jaliscienses, en razón de que ellos presentaron su demanda porque se inconformaron con los nombramientos por los legisladores de nuevos integrantes del Tribunal de lo Administrativo de Jalisco, porque los elegidos no reunían los requisitos de ley.

Sin embargo, en la discusión declarada inconstitucional se evidenció la forma tan poco seria en que se realizó el proceso de selección de los magistrados, toda vez que por ley, el Tribunal Superior de Justicia propone ternas de candidatos y el Congreso los elige.

Sin embargo, los mismos juzgadores se inconformaron con la selección por considerar que algunos que resultaron electos no cumplían con los requisitos de ley, que supuestamente tenían que haber verificado para la integración de las ternas.

Al final la Corte resolvió ratificar la validez de los acuerdos legislativos en los que se confirmaron los nombramientos de los magistrados Alberto Barba Gómez, Patricia Campos González, Armando García Estrada, Víctor Manuel León Figueroa y Horacio León Hernández, y declaró inválido el nombramiento de Juan Antonio Parra, pues no cumplía el requisito de tener la experiencia de 10 años como abogado.

 
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