El delito se persigue de oficio, advierten especialistas
Ignora la PGR sobre demandas por provocar aumento de precios
Ampliar la imagen Pocas tortillerías respetan el precio pactado de 8.50 pesos por kilo * José Antonio López
Aunque oficialmente la Dirección General de Comunicación Social de la Procuraduría General de la República (PGR) informó que desconoce la interposición de denuncias penales de la Secretaría de Economía contra acaparadores de maíz, según especialistas, el Ministerio Público Federal está obligado por ley a investigar, sin denuncia previa, delitos que se consideran contra el consumo y riquezas nacionales.
A pesar del anuncio de que la Secretaría de Economía presentó algunas demandas contra acaparadores de maíz, la PGR no tuvo información al respecto.
Sin embargo, el artículo 253 del Código Penal Federal establece que ese delito se persiguen "de oficio".
En el apartado del Código Penal de Delitos Federales referente a la economía pública, se establece que el acaparamiento atenta contra el consumo y la riqueza nacionales:
Los "actos u omisiones que afectan gravemente el consumo nacional se sancionarán con prisión de tres a 10 años y con 200 a mil días de multa", cuando se trata de "artículos de consumo necesario o generalizado, o de las materias primas necesarias para elaborarlos, así como de las materias primas esenciales para la actividad de la industria nacional".
Y que consistan en "el acaparamiento, ocultación o injustificada negativa para su venta, con objeto de obtener un alza en los precios o afectar el abasto a los consumidores".
También se sancionará a los responsables de "todo acto o procedimiento que evite o dificulte, o se proponga evitar o dificultar la libre concurrencia en la producción o en el comercio", y "la limitación de la producción o el manejo que se haga de la misma, con el propósito de mantener las mercancías en injusto precio".