Usted está aquí: miércoles 21 de febrero de 2007 Sociedad y Justicia Aprueban cambios al Código Civil sobre divorcio por violencia

El delito se configurará aunque no se reiteren hechos

Aprueban cambios al Código Civil sobre divorcio por violencia

VICTOR BALLINAS, ANDREA BECERRIL

El Senado aprobó ayer reformas al Código Civil Federal, en las cuales precisa que para obtener el divorcio necesario por violencia familiar "no se necesita la reiteración o incidencia de hechos o actos -de violencia- del agresor en forma recurrente o cíclica para que se configure la causal de la disolución del vínculo matrimonial", como estableció la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El senador panista Ricardo García Cervantes, autor de la propuesta, aseveró en el pleno que de lo que se trata con las reformas y adiciones a los artículos 267 y 323 del Código Civil Federal es precisamente controvertir el criterio de la Corte, que establece contradicción de tesis al determinar cómo deben resolver los tribunales en materia de divorcio necesario por violencia familiar.

Con las enmiendas aprobadas a la fracción 19 del artículo 267 del código referido se suprime el concepto "la necesidad de la reiteración o la incidencia de varios hechos que se repitan por el agresor en forma recurrente o cíclica", y acota la posibilidad de que el maltrato a menores se justifique argumentando su educación y formación, pues precisa a los sujetos cuya integridad física y sicoemocional se tutela como bien jurídico, y se definen los conceptos de maltrato físico y sicoemocional.

En el artículo 323 se detalla que maltrato físico es todo acto de agresión intencional en el que se utilice alguna parte del cuerpo, objeto, arma o sustancia para sujetar, inmovilizar o causar daño a la integridad física de otro.

Por maltrato sicoemocional se entienden "los actos u omisiones repetitivos cuyas formas de expresión pueden ser prohibiciones, coacciones, condicionamientos, intimidaciones, actitudes devaluatorias que provoquen en quien las recibe deterioro, disminución o afectación a alguna o todas las áreas que integran la estructura síquica".

 
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