Señalan obispos errores jurídicos de reformas penales
Facultad exclusiva de la Iglesia, inhabilitar a sacerdotes: CEM
La Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM) advirtió ayer que es necesario corregir los "errores" con que se aprobó un día antes en el Senado la reforma en materia de explotación sexual infantil, ya que entra en contradicción con la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, al intervenir en asuntos internos de las iglesias.
De manera concreta, esa conferencia, que agrupa a todos los obispos del país, advierte que sólo corresponde a la Iglesia, no a un juez, como se establece en la reforma legislativa, inhabilitar o cesar del ministerio que desempeñan a sacerdotes acusados de violación o abusos de menores.
Al respecto, el presidente de la Comisión de Justicia del Senado, el panista Alejandro González Alcocer, dijo que la CEM tiene razón en parte, y por ello en cuanto Felipe Calderón promulgue las reformas, presentará una iniciativa encaminada a corregir más de 20 fallas técnicas y jurídicas, entre ellas facultar a un juez para inhabilitar a sacerdotes pederastas.
Tal como la jerarquía religiosa lo advirtió un día antes a los coordinadores parlamentarios de PRI y PRD, Manlio Fabio Beltrones y Carlos Navarrete, ayer hizo público un comunicado en el que valora las modificaciones a los códigos Federal y de Procedimientos Penales y a la Ley ontra la Delincuencia Organizada en materia de explotación sexual infantil.
"Este es un paso importante en la defensa de los derechos de los niños mexicanos, principalmente de los pequeños que se ven sometidos a atropellos, explotación y corrupción de menores, cayendo en las redes tenebrosas de la prostitución infantil, de la pornografía y de la execrable pederastia".
Sin embargo, la CEM advierte que se deben corregir los errores de la legislación, como el de pretender que desde el Estado se inhabilite a sacerdotes acusados de abuso sexual. Señala que cuando un ministro de culto comete un delito debe responder por él ante las autoridades, ya que no tiene fuero alguno, pero "su carácter religioso y el ejercicio de su ministerio quedan en manos de la institución religiosa a la que pertenece, y corresponde a esta institución resolver su retiro o cese".
Argumenta que en el caso de la Iglesia católica, cuando se comprueba que un religioso incurre en un delito, concretamente en el de pederastia, "es suspendido de inmediato, iniciándose un proceso interno hasta culminar con la suspensión definitiva de su ministerio".
Entrevistado luego de conocerse la postura de la CEM, el senador González Alcocer sostuvo que es de "elemental lógica" lo planteado por la jerarquía religiosa, toda vez que no está dentro de la competencia del Estado inhabilitar a ministros de culto religioso.
El único que se empeñó en una postura contraria, dijo, fue el perredista Pablo Gómez, pero durante la sesión del pasado martes no lo discutieron ante el pleno, porque "políticamente no nos convenía tanto ahondar sobre este tema, ya que nos iban a revirar con el argumento de que tratamos de proteger a los sacerdotes y no es así".
La discusión de fondo, agregó el legislador, es que los maestros, los abogados, por ejemplo, sí pueden ser sancionados con el retiro de la cédula para ejercer su profesión, no así en el caso de los curas.
No se trata, detalló, de que aquellos sacerdotes que incurran en hechos de pederastia no sean sancionados, sino de que se haga de forma correcta, sin violentar otros ordenamientos y "sin meterse en las esferas de la Iglesia". Una salida jurídica, explicó, es que la sentencia de un juez obligue a las asociaciones religiosas a que suspendan como ministros de culto a quienes han cometido un delito de abuso sexual contra menores.
La modificación forma parte de una veintena de "correcciones técnicas y jurídicas" que propondrán a la reforma, en cuanto Calderón la promulgue.