Un juicio de alto nivel
Tal vez porque uno tiene amigos o porque los amigos tienen ganas de que lo que hacen sea comentado, pero de repente me llegan documentos que, por supuesto, no son secretos pero que se refieren a temas de particular interés.
Ahora han sido dos sentencias dictadas en el mismo asunto, en primera y segunda instancia, relativas a la famosa demanda de Marta Sahagún de Fox en contra de CISA, Comunicación e Información, SA de CV, bien conocida como editora de la revista Proceso, y de Olga Wornat, autora de un libro con el título de La jefa, en cierto modo biográfico de la esposa de quien fue, hasta hace poco tiempo, presidente de la República, Vicente Fox, y de un artículo sobre el mismo tema en Proceso.
En primera instancia el juzgado décimo segundo de lo civil resolvió condenar a ambos demandados fijándoles una pena pecuniaria cuantiosa por un millón 958 mil 580 pesos en concepto de daño moral, que deberían cubrir por partes iguales y, adicionalmente, publicar ambos demandados en la revista Proceso un extracto de tal sentencia que refleje adecuadamente la naturaleza y alcance de la misma y con la relevancia que hubiere tenido la difusión del artículo "Historia de una anulación sospechosa", que fue publicado en el número 1478 de Proceso, de 27 de febrero de 2005.
Es interesante asomarse a las razones que sirvieron, en el primer caso, para condenar a ambos demandados y para absolver en el segundo caso a la revista Proceso condenando a Olga Wornat a pagar la compensación económica originalmente establecida pero dividida a la mitad.
El problema tiene su gracia porque la demanda sustancialmente se refiere al daño moral que supuestamente le causó a Marta Sahagún de Fox la publicación del artículo en Proceso, ignorando la propia demandante que con anticipación notable a la publicación del artículo le proporcionó a Olga Wornat los datos necesarios para la publicación de La jefa, respecto de cuya publicación no ejerció acción alguna. En parte de la sentencia de la sala se hace un estudio comparativo de los textos del libro y del artículo para llegar a la conclusión, favorable a Proceso, de que los hechos que se narraron en el artículo ya eran del dominio público.
La absolución de la segunda instancia en beneficio de CISA, Comunicación e Información SA de CV, se funda acertadamente en el derecho a la libertad de información e imprenta, que se considera superior al derecho a la impunidad alegado por la señora Sahagún, por la simple y sencilla razón de que ese derecho no fue transgredido ya que las informaciones publicadas por Olga Wornat en su artículo de Proceso habían hecho público el tema desde mucho antes sin que, por otra parte, la señora Sahagún hubiere formulado alguna demanda con ese motivo, lo que reconoce ampliamente en el desahogo de la prueba confesional a su cargo.
Curiosamente la condena de segunda instancia en contra de Olga Wornat que, en mi concepto, debería haber sido absuelta porque el artículo en Proceso fue posterior a La jefa, se funda en una especie de consentimiento tácito de Marta Sahagún con la publicación del libro, en tanto que no se puede presumir ese consentimiento tácito con el artículo. Para la primera sala de lo civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Olga Wornat incurrió en una conducta ilícita consistente en la reiteración pública de unos hechos que le fueron comunicados para la publicación del libro, pero que no la autorizaban para insistir sobre ellos en otras publicaciones.
Alrededor de este punto la sala hace una serie de afirmaciones acerca de que Olga Wornat incurrió en actos de malicia porque, independientemente de que el extracto de la demanda de nulidad de matrimonio presentada ante la autoridad eclesiástica ya fuere del dominio público, su reiteración mediante la publicación en Proceso, sin el consentimiento de Marta Sahagún, expresa la voluntad de estar atacando la intimidad de la parte actora cada vez que quiera.
No está exento de matices políticos el resultado de las dos sentencias. Al dictarse la primera Vicente Fox era el presidente. Al dictarse la segunda, ya no lo es.
Debo reconocer, sin embargo, que ninguna de las dos sentencias, a pesar de ser contradictorias, fue dictada frívolamente. Están hechas con cuidado y la diferencia entre ellas será solamente de perspectivas, de hecho, la valoración de la publicación anterior de La jefa.
¿Quién ganará ahora el juicio de amparo? No tardaremos mucho tiempo en saberlo.