Evitar calumnias, difamaciones e injurias, objetivo; descarta realizar "censura previa"
Busca el IFE regular espots críticos que emitan partidos durante las campañas
El Instituto Federal Electoral (IFE) pretende regular uno de los asuntos causantes de más polémica en el pasado proceso electoral: la crítica negativa. En un proyecto sobre el tema se reconoce el derecho de los partidos a adquirir publicidad que cuestione al adversario, siempre y cuando se apoyen en hechos ciertos, las apreciaciones sean "racionales" y se respeten los preceptos legales de no incurrir en calumnia, difamación o injurias.
En dicho documento, impulsado por la Comisión de Partidos Políticos y Prerrogativas -cuyo presidente, Marco Antonio Gómez Alcántar elaboró el proyecto de acuerdo-, se asume que los promocionales que difundan los partidos "no podrán estar sujetos a censura previa". Sin embargo, se faculta al IFE a proceder mediante queja o por oficio en los casos en que se presuma violación a las disposiciones legales.
La circulación del documento entre las representaciones partidistas ha encontrado respuesta en los dos principales actores involucrados en críticas negativas durante los comicios de 2006: los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y Acción Nacional (PAN), los cuales avalan la posibilidad de una regulación en la materia.
Para el PRD no basta con un acuerdo, sino que se deberían buscar reformas integrales a otros reglamentos sobre los que opera el IFE, como el de quejas genéricas.
El sol azteca enfatiza la necesidad de explicitar las facultades del organismo para "hacer cesar actos que resulten violatorios de la Constitución o el código electoral", que eviten daños irreparables.
A su vez, el PAN considera que debe quedar claro que el acuerdo no solamente se aplicará para la compra de promocionales en radio y televisión -y tienen que incluirse los anuncios por Internet-, sino que abarcará los contenidos que se incluyan dentro de los tiempos oficiales.
Contenidos
El acuerdo propuesto por Gómez Alcántar se sustenta en disposiciones constitucionales y legales que regulan la libertad de expresión, así como en los criterios emitidos por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Aunque el documento cuenta con solo siete artículos, se hace alusión a todos los preceptos legales que amplían los alcances del documento.
De acuerdo con la iniciativa, el TEPJF asumió como criterio que los partidos pueden censurar a sus contendientes, pero "se encuentran fuera de la expresión normativa aquellas críticas, expresiones, frases o juicios de valor que sólo tienen por objeto o como resultado la denostación, la ofensa o la denigración" de los adversarios.
En principio, el acuerdo señala que no se entenderá como violatoria del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) "la crítica negativa realizada a una institución pública, funcionario público, partido o algún candidato o militante, siempre que los hechos en los que se apoye sean ciertos, y las apreciaciones que con motivo de ella se hagan sean racionales y estén motivadas por aquéllos, siempre que no se viertan frases o palabras injuriosas".
Precisa que una expresión es irracional cuando se utilice "con el objeto de descontextualizar" lo referido a cualquiera de los actores mencionados.
Señala que se entenderá que una expresión es violatoria del Cofipe "cuando la misma tenga por objeto o efecto desprestigiar, descalificar, ridiculizar o destruir las instituciones fundamentales del país".
En el artículo cuarto se destaca que no existirá censura previa, por lo que una violación a estos preceptos implicará "responsabilidades posteriores". En tal sentido, se ratifica que el IFE garantizará la libertad de expresión ante las autoridades de los tres niveles de gobierno.
Asimismo, por conducto de su secretario ejecutivo, el instituto podría solicitar a las autoridades competentes "la suspensión de cualquier manifestación que viole este derecho" de libertad de expresión.
En ese contexto, el PRD demandó establecer las facultades explícitas del IFE para suspender actos violatorios a la legislación -práctica, señaló, recurrente del PAN en los pasados comicios-, ordenando procedimientos especializados en plazos muy breves que permitan "a la autoridad electoral tomar medidas eficaces para evitar daños irreparables".
El sol azteca plantea que debe insistirse en el derecho exclusivo de los partidos para contratar propaganda en radio y televisión y la prohibición que existe para que lo hagan terceros, como fue el caso del Consejo Coordinador Empresarial.
Demanda que los criterios del TEPJF sean incluidos más explícitamente, como el que subraya que a los partidos se les permite la difusión de mensajes "aunque resulten inmersos en la crítica negativa que resulte particularmente dura e intensa".
Otra propuesta se asocia con la tutela del IFE al cumplimiento de las obligaciones partidistas de difundir sus plataformas y solicita que se hagan expresos los casos en que el instituto actuará por oficio.
A su vez, el PAN enfatiza que el documento no debe circunscribirse a los anuncios, sino también a los programas y el uso de tiempos oficiales.
El blanquiazul subraya que la referencia en el proyecto de "hechos ciertos" no es suficiente, porque deja muy ambigua su interpretación, y propone que "sean ciertos y comprobables".
Pide sustituir la expresión "destruir las instituciones fundamentales" por "atentar de cualquier forma contra las instituciones", con el fin de no entrar a debatir cuáles son las "instituciones fundamentales".
Finalmente, el PAN propone dejar claro la referencia a la "censura previa", incorporando la legislación nacional e internacional en la materia.