Prevé la prohibición de terceros a contratar propaganda
Busca el IFE aval para reglamento que evite guerra sucia en campañas
El Instituto Federal Electoral (IFE) busca lograr el aval de los representantes partidistas para conformar el Reglamento de Crítica Negativa, que, entre sus disposiciones novedosas, destaca la prohibición de terceros para contratar propaganda en cualquier medio "en contra o en favor de cualquier precandidato, candidato, militante o partido durante el proceso electoral", como lo hizo el Consejo Coordinador Empresarial en 2006.
Este mediodía habrá una nueva reunión entre los consejeros integrantes de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos y los representantes de los institutos políticos para discutir el segundo borrador del reglamento.
Más allá de la polémica que generaron las campañas sucias durante el pasado proceso electoral, para el consejero y presidente de la comisión, Marco Antonio Gómez Alcántar, se han registrado dos hechos posteriores que justifican la necesidad de esta nueva normatividad.
En primera instancia, la polémica suscitada en torno a los programas que el PRD transmitió -tras una larga disputa entre el IFE y la Secretaría de Gobernación- como parte de sus prerrogativas y en los que se difundía la toma de posesión de Andrés Manuel López Obrador como "presidente legítimo".
La segunda es la más reciente inconformidad externada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra de los promocionales que utilizó el PAN para argumentar en contra de la despenalización del aborto. En ellas se presentaba la imagen de un juez, lo que para el máximo tribunal del país afectaba su imagen.
En el documento se entiende como crítica negativa "el examen o juicio público sobre las acciones realizadas por un candidato o partido político, militante, servidor público, y que exprese una posición contraria a las acciones" de éstos.
Sin embargo, esa crítica será válida "siempre que los hechos en los que se apoye la misma sean ciertos y las apreciaciones u opiniones motivo de dichos hechos se emitan, sean racionales y estén motivadas por aquellos, además que no se viertan frases o palabras injuriosas".
Más adelante se puntualiza que una expresión es irracional "siempre que la misma se utilice con el objeto de descontextualizar la actuación, facultades, comentarios u opiniones de candidatos o partidos, y tenga como resultado conclusiones desmedidas que causen injurias al candidato, militante, servidor público o partido político".
Asimismo, se subraya que el IFE tiene la obligación de garantizar el derecho de libre expresión de los partidos políticos y sus candidatos ante las autoridades federales, locales y municipales, "estando obligado a agotar las instancias legales o estatutarias a su alcance para hacer valer y proteger dicho derecho".