Legal, la revisión de recursos de candidatos: SHCP
El requerimiento enviado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para revisar las cuentas de los candidatos a elección popular, no constituye una violación al secreto bancario y se sustenta en lo dispuesto por las normas relativas a la prevención de lavado de dinero, del delito de terrorismo y uso de recursos de procedencia ilícita, que expresamente facultan a las instituciones financieras a remitir información de "personas políticamente expuestas", sostuvo en un comunicado la dependencia.
En respuesta a la nota publicada en este diario, en la que se señala que el gobierno de Vicente Fox Quesada, por conducto de la SHCP, ordenó investigar en julio del año pasado las cuentas y movimientos financieros de los 2 mil 650 candidatos de todos los partidos políticos a senadores y diputados, para buscar posibles transacciones "que por sus características puedan estar relacionadas con los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, terrorismo o su financiamiento", la dependencia sostiene que actuó con estricto apego a las leyes vigentes.
Explica que los candidatos de elección popular son "personas políticamente expuestas", de acuerdo con las disposiciones relativas a la prevención de lavado de dinero. En este sentido, agrega, el marco jurídico establece que se remitirán a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la SHCP los listados de candidatos a elección popular y de dirigentes de los partidos políticos que encuadren en la definición de personas políticamente expuestas, con el propósito de verificar la transparencia del financiamiento privado de los partidos y sus candidatos".
Con base en lo anterior, explica el comunicado, los oficios que la SHCP, por conducto de la UIF, envió a todas las comisiones supervisoras del sistema financiero a mediados de 2006, "tan sólo transcribieron lo que las disposiciones expresamente señalaban... y no significan actuación parcial o discrecional por parte de la SHCP o del gobierno federal".
En la nota mencionada se señala que la intervención se hizo sin el conocimiento y, por tanto, sin la aprobación de los candidatos, y constituyó una violación al secreto bancario, de acuerdo con el vocero del grupo parlamentario del PRD en la Cámara de Diputados, Luis Sánchez Jiménez.
Sin embargo, la dependencia sostiene que no hubo violación al secreto bancario o financiero, ya que el requerimiento que la SHCP envió a las instituciones financieras del país por conducto de las comisiones supervisoras respectivas, "en ningún momento implicó la violación a las obligaciones aplicables a esas instituciones para guardar secreto y, en este caso, no se requería la aprobación de los candidatos ni de orden judicial para ello".
Agrega que las instituciones financieras están obligadas a proporcionar a la SHCP
la información requerida de acuerdo con la legislación vigente, "sin que ello constituya violación a obligaciones de guardar secreto bancario respecto de las operaciones de sus clientes".