Comisión especial recomendará ejercer acción penal contra los responsables
Explosión en Pasta de Conchos, por negligencia y omisiones: diputados
Minera México, Grupo México y funcionarios de Trabajo y Economía, los culpables, concluye
Ampliar la imagen La comisión especial de diputados que investigó el caso Pasta de Conchos exigió cancelar la concesión a los empresarios responsables Foto: Marco Peláez
Al concluir que la explosión en la mina Pasta de Conchos, en Coahuila, se debió a un "suceso provocado, originado por negligencia y omisión" de Industrial Minera México (IMMSA) y Grupo México, de sus directivos, así como de funcionarios de las secretarías del Trabajo y de Economía, la comisión especial de la Cámara de Diputados que investigó el percance exigió cancelar a la empresa el título de concesión y ejercer acción penal por homicidio culposo en contra de los responsables de la muerte de 65 mineros, ocurrida en febrero de 2006.
También se demanda al gobierno de Felipe Calderón sancionar al titular de Economía, Eduardo Sojo, "por ocultar información sobre los resultados de las verificaciones practicadas" a la mina; inhabilitar por 20 años a los ex funcionarios del Trabajo vinculados con la explosión; realizar el pago de las indemnizaciones a los deudos, así como sancionar a IMMSA y a General de Hulla por inscribir a sus trabajadores ante el Seguro Social con un salario menor al pagado.
El documento de conclusiones, que consta de 168 cuartillas, serán votadas en favor este jueves por la mayoría de sus integrantes, excepto los diputados de Acción Nacional. Posteriormente se entregará al pleno de la Cámara para que lo avale y, a su vez, la comisión presentará un conjunto de iniciativas de reforma al marco legal minero, que acote el otorgamiento de concesiones para la explotación de minas, y al Código Penal para tipificar el homicidio industrial.
La comisión, que preside el diputado Yerico Abramo Masso, determinó que la tragedia de Pasta de Conchos "fue producto de una gran explosión cuya fuente fue una concentración excesiva de gas metano y polvo de carbón, que produjo el derrumbe prácticamente de toda la mina".
Aseguró que la presencia del gas metano fue producto, a su vez, de la negligencia y omisión de IMMSA, debido a seis factores determinantes: no concluyó la mampostería de los cañones antiguos 1 oriente y poniente, lo que generó la concentración; la falla de irrigación continua de los mineros en los frentes de trabajo para evitar la suspensión del polvo de carbón, que es un material altamente combustible; el inadecuado polveo a la totalidad de la mina.
También, la ineficiente ventilación; la falta de suficientes metanómetros, que habían sido solicitados reiteradamente por la comisión mixta de seguridad e higiene, y la falta de aislamiento en las uniones de las líneas de conducción de alto voltaje en el tiro, y de aislante en los tableros de control y la limpieza de éstos, como quedó comprobado en las actas ordinarias de la comisión mixta.
La comisión legislativa resaltó que no se contaba con un sistema de comunicación interna en la mina, lo que dejó aislados a los mineros y que el vigilante notificara al gerente 30 minutos después de ocurrido el percance y, éste, a su vez, informó horas después. Tampoco existían salidas de emergencia ni sistemas de alarma.
Otra de las conclusiones relevantes de la comisión se refiere a que los funcionarios de la Delegación Federal del Trabajo en Coahuila "cometieron negligencia y omisión grave y culposa al ignorar el incumplimiento, por parte de la concesionaria, de las medidas de seguridad que segaron la vida de los trabajadores mineros del tercer turno, y responsabilidad administrativa y penal al no cumplir sus deberes" constitucionales y legales.
A su vez, agregó, Economía no cumplió con sus obligaciones establecidas en los artículos 7, fracción XII, 53 y 68 de la Ley Minera y ocultó los reportes del Servicio Geológico Mexicano sobre las normas de seguridad en la mina por parte de IMMSA.
El punto 8 de las conclusiones refiere: "es responsable también la Delegación Federal del Trabajo en el estado de Coahuila, en la muerte de los mineros de Pasta de Conchos". Otro de los resultados de la comisión determina que, a partir de la recomendación 26/2006 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se desprende la responsabilidad patrimonial del Estado por la negligente actuación de funcionarios de la Secretaría del Trabajo y, cuestionó que hasta el momento la administración calderonista no haya cumplido con el pago correspondiente de las indemnizaciones planteadas por el ombudsman. Respecto de su demanda de que Economía cancele la concesión a IMMSA, la comisión informó que esta petición se sustenta en el hecho de que la empresa violó la obligación establecida en el artículo 27, fracción 4 de la ley minera, en materia de seguridad, y no corrigió el fortalecimiento de las vigas de los techos relacionadas con éstas.
Además, solicitó que se le aplique una multa y planteó que a ambas proposiciones se les dé seguimiento desde las comisiones de Economía y de Trabajo de la Cámara de Diputados.
En el caso de la solicitud a la Procuraduría General de la República (PGR), la comisión consideró que el Ministerio Público Federal debe iniciar un proceso por homicidio culposo contra los directivos de IMMSA y General de Hulla, así como buscar que se les suspenda o se les prohíba de manera definitiva sus derechos para ejercer sus profesiones. Asimismo, se requerirá a la PGR "la aplicación rigurosa del Código Penal Federal" a los funcionarios públicos responsables.
En los tres casos, indicó, las solicitudes deberán ser presentadas y verificadas en su cumplimiento por la Junta de Coordinación Política de la cámara.
La comisión también exigirá a las secretarías del Trabajo y de Economía "el pago inmediato de las indemnizaciones a los familiares de los mineros fallecidos, por el acto grave de negligencia y omisión de los funcionarios públicos" de ambas dependencias.
Por otra parte, se pedirá al gobierno federal la aplicación de los códigos Fiscal de la Federación y Penal Federal, así como de las sanciones previstas en la Ley del Seguro Social a IMMSA y General de Hulla en materia de evasión fiscal, defraudación y lo que resulte, debido a que las empresas inscribieron a los mineros ante el Seguro Social con un salario menor al de sus tabuladores, para evadir el pago de las cuotas, lo que provocó a su vez un daño económico al instituto.
La comisión solicitará a la Junta de Coordinación Política que exija a la PGR determinar la garantía de la reparación del daño a las víctimas y sus familias considerando las ganancias de IMMSA y General de Hulla, y el daño en la pérdida de ingresos por el periodo de vida laboral activa de los mineros muertos, y no sólo tomar en cuenta lo que dispone la Ley Federal del Trabajo.
Mientras que al Seguro Social se solicitará la revisión de la situación de los sobrevivientes, respecto del monto de sus pensiones como de la ampliación de beneficios.