El hecho complicó la argumentación jurídica de PGR y CNDH
Reforma foxista suprimió de la Carta Magna el derecho a la vida: consejera
Con una reforma al artículo 14 constitucional en 2005, el presidente Vicente Fox y su secretario de Gobernación, Carlos Abascal, suprimieron de la Carta Magna el derecho a la vida.
Esto, explicó en entrevista la titular de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno del Distrito Federal, Leticia Bonifaz Alfonzo, complicó al gobierno federal, a través de la Procuraduría General de la República, y a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos su argumentación jurídica en el juicio de inconstitucionalidad que promovieron ante la Corte, contra las reformas de la Asamblea Legislativa que permiten la interrupción del embarazo antes de las 12 primeras semanas de gestación.
Antes de la reforma del 8 de noviembre de 2005, el artículo 14 constitucional, en su segundo párrafo, iniciaba de la siguiente manera: "Nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos".
En el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación al siguiente día, rubricado por Fox y Abascal, el texto dice: "Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos".
De esta manera, el único ar-tículo constitucional en el que se utiliza el concepto "vida" es el tercero, referido al derecho a la educación, como una de las cualidades que debe observar la instrucción pública: "será democrática, considerando la democracia no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo".
Por ello, en la acción de inconstitucionalidad presentada ante la SCJN, la argumentación que se hace pasa por diversos artículos como el 22 y el mismo 14, para invocar el derecho a la vida como una de las garantías que protege la Constitución, pero con la reforma foxista tal derecho en realidad no existe.
"Es tan absurdo que no se la creen", dice la funcionaria al recordar que ningún jurista con los que comentó el hecho en aquel momento daba crédito a ello, sobre todo por tratarse de uno de los primeros artículos que en la carrera de derecho los estudiantes aprenden a recitar.
Explicó que en su afán de suprimir la pena de muerte del texto constitucional, en su artículo 22, Fox y Abascal modificaron también el artículo 14 suprimiendo la frase "Nadie podrá ser privado de la vida" y así pasó por el Congreso y por la mayoría de las legislaturas de los estados.
Bonifaz Alfonzo, expuso que a partir de que la SCJN notifique que se dio entrada a la acción de inconstitucionalidad, se contará con 15 días hábiles para impugnar, "tendremos tres semanas para construir los argumentos" y hasta el momento ha observado cinco temas a desarrollar: el de la discriminación, la Ley General de Salud, los tratados internacionales, la reforma al artículo 14 y la fuerza de la jurisprudencia de 2000.