Analiza la SG ampliar derechos a ministros de culto
La Secretaría de Gobernación (SG) analiza impulsar reformas a la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, a fin de homologar esa normatividad con los acuerdos internacionales en materia de derechos humanos firmados por México.
Salvador Beltrán del Río, titular de la dirección general de Asociaciones Religiosas de la SG, dijo que el objetivo de la administración calderonista es ser respetuoso de las garantías básicas de todos los mexicanos "y, en un momento, ponderar si se hace necesario ampliar los derechos de los ministros de culto".
La declaración del funcionario ocurre después de un resolutivo de la comisión calificadora de esa área, la cual determinó -el viernes pasado- no aplicar sanción alguna al cardenal Norberto Rivera Carrera ni a su vocero, Hugo Valdemar Romero, por las declaraciones emitidas respecto a la despenalización del aborto en la capital del país.
El funcionario rechazó que ese veredicto fuera resultado de una negociación entre la jerarquía de la Iglesia católica y el gobierno federal (el titular de la SG, Francisco Ramírez Acuña, se reunió al menos en dos ocasiones, en privado, con el arzobispo Rivera), sino de un análisis de la comisión sancionadora, integrada por funcionarios de esa dependencia.
De hecho, el vocero de la Arquidiócesis de México declaró la semana pasada que era necesario reformar la ley y reglamento de Asociaciones Religiosas para equiparar las garantías que establece la Constitución -principalmente en materia de libertad de expresión- y la normatividad en referencia.
Al respecto, Beltrán del Río admitió, en breve entrevista, que actualmente se analiza "la situación" de los derechos humanos de los ministros de culto: "(Una evaluación en la materia) hay que verlo en el contexto de esos compromisos que tiene México frente a tratados internacionales y qué limitaciones tienen en su momento los ministros de culto."
-¿Se ampliarían libertades?
-Habría que contemplarlo en eso, en ese contexto: qué obligaciones tenemos en el marco internacional, de respetar los derechos humanos de todos los ciudadanos y de todos los mexicanos. Y, en un momento, ponderar si se hace necesario ampliar los derechos humanos de los ministros de culto.
Regulación de relaciones Estado-Iglesia
La Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público está vigente desde julio de 1992 y se deriva del restablecimiento de las relaciones entre el Estado mexicano y la Iglesia católica, tras años de distanciamiento.
Esta norma incluye diversos preceptos que delimitan las actividades de los integrantes de ese sector. Por ejemplo, el artículo 29 advierte que constituyen infracciones (de los ministros de culto) asociarse con fines políticos, así como realizar proselitismo o propaganda de cualquier tipo en favor o en contra de candidato, partido o asociación política algunos.
Los ministros de culto no pueden ser votados para cargos de representación popular; la ley prohíbe también convertir un acto religioso en reunión de carácter político, y oponerse a las leyes del país o a sus instituciones en reuniones públicas.