Usted está aquí: jueves 12 de julio de 2007 Política Los funcionarios judiciales no podrán tener dos empleos

Los funcionarios judiciales no podrán tener dos empleos

JESUS ARANDA

Todos los funcionarios que integran la carrera judicial, además de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), tienen prohibido expresamente "aceptar o desempeñar" cualquier cargo remunerado ajeno a su función, y sólo podrán aceptar puestos sin sueldo en "asociaciones científicas, docentes, literarias o de beneficencia".

Así lo resolvió la primera sala de la SCJN al negar el amparo solicitado por un actuario judicial, quien fue despedido de su cargo en el juzgado segundo de distrito con sede en Acapulco, Guerrero.

Los ministros determinaron que la prohibición expresa a los funcionarios judiciales de no tener otro empleo no viola el derecho constitucional a la libertad de trabajo, porque no prohíbe al profesionista dedicarse a una actividad lícita, sino que el impedimento es para los que optaron por trabajar de actuarios en el Poder Judicial Federal y que por ende "deben cumplir con los requisitos y las obligaciones administrativas inherentes a esa función".

En el dictamen elaborado por la ministra Olga Sánchez Cordero se subraya que el actuario judicial, sea de un juzgado de distrito, tribunal colegiado o unitario, o de la misma Corte, requiere de tiempo completo para el adecuado desempeño de sus actividades.

 
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