Usted está aquí: viernes 14 de septiembre de 2007 Política Anula SCJN fallo de la judicatura por destitución de un magistrado y un juez

Las acusaciones habían sido graves deficiencias en la impartición de justicia

Anula SCJN fallo de la judicatura por destitución de un magistrado y un juez

El CJF actuó ilegalmente al analizar el criterio jurídico de los juzgadores: ministros

Jesús Aranda

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló, una vez más, decisiones del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), al dejar sin efecto la destitución de Fernando Alonso López Murillo y Álvaro Carrillo Cortés, magistrado y juez de distrito, respectivamente, quienes habían sido removidos de su cargo por graves deficiencias en la impartición de justicia.

López Murillo fue separado de su puesto en julio de 2002, después de que la Procuraduría General de la República (PGR) se quejó ante el CJF por haber favorecido en sus sentencias a los narcotraficantes Joaquín Guzmán Loera, El Chapo; Jesús Héctor Palma Salazar, El Güero Palma, y Oscar Malherbe.

En tanto, Carrillo Cortés incurrió en graves irregularidades en el desempeño de sus funciones; tenía cinco años como juez de distrito al momento de su destitución, sin que el CJF explicara oficialmente las razones de su decisión..

Ambos funcionarios se inconformaron con la decisión del consejo e interpusieron una revisión administrativa ante la SCJN, la cual en sesión privada les dio la razón hace unos días.

Los ministros consideraron que el CJF actuó ilegalmente al analizar, en ambos casos, el criterio jurídico del magistrado y juez, cuando la Constitución impide a los consejeros participar en la labor jurisdiccional y, por tanto, en el criterio de los juzgadores.

Fuentes oficiales precisaron sin embargo que en el caso del magistrado López Murillo, quien lo mismo que su compañero tendrá que ser reinstalado en su cargo, tiene pendiente una averiguación previa que inició la PGR en su contra, precisamente por delitos contra la impartición de justicia, ya que hay sospecha de que sus decisiones favorecieron a los narcotraficantes.

Al tratarse, explicaron los funcionarios, de un proceso penal, entonces sí la PGR y, en su caso, el juez de distrito que conoció de la denuncia podrán analizar si la actuación del funcionario se apegó a derecho, y actuar entonces en consecuencia.

Los funcionarios consultados explicaron que en la decisión de los ministros no se analizó el sentido de las sentencias que dictaron en su momento los juzgadores, sino la conducta irregular del CJF al haberse metido a interpretar el criterio jurídico, cuando no tiene facultades para ello. Es decir, la decisión tiene que ver con un proceso administrativo; el proceso penal –al menos en el caso del magistrado– tiene curso propio.

 
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