La postergación, prerrogativa del titular del Ejecutivo
El anuncio del presidente Felipe Calderón Hinojosa de diferir la entrada en vigor del nuevo impuesto a las gasolinas para los primeros días de 2008, se justifica en la prerrogativa que tiene el Ejecutivo federal para retener una ley aprobada en el Congreso y publicarla posteriormente en el Diario Oficial de la Federación.
La decisión se circunscribe a una de las facultades que tiene el presidente de la República para vetar o retener las legislaciones aprobadas por la Cámara de Diputados o el Senado, es decir, el Ejecutivo federal no puede cambiar ni una coma del decreto de ley, ateniéndose únicamente a su capacidad para esperar el momento propicio, que considere conveniente, a la hora de aplicar una nueva legislación.
En el caso del aumento a gasolina y diesel, el Presupuesto de Egresos de la Federación –que estará a consideración del pleno de la Cámara de Diputados– deberá contemplar los ingresos que se obtengan del nuevo gravamen para ser incluidos en el gasto que las entidades federativas realicen durante 2008.
De no incluirse en el decreto de gasto, no será posible que los recursos provenientes del alza a los combustibles mencionados se contemplen en el presupuesto.