Usted está aquí: jueves 27 de septiembre de 2007 Sociedad y Justicia Solicita la CNDH al Congreso modificar artículo de la legislación del Issfam

La jurisprudencia de la Corte sobre militares con VIH despedidos, “llamado inequívoco”

Solicita la CNDH al Congreso modificar artículo de la legislación del Issfam

Víctor Ballinas (Enviado)

Guadalajara, Jal., 26 de septiembre. El director del Programa de VIH/sida de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), Ricardo Hernández Forcada, señaló que la quinta sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en relación con los militares despedidos por ser seropositivos sienta ya jurisprudencia y es un llamado al Congreso de la Unión para que modifique el artículo 226, categoría 45, por ser inconstitucional.

Hernández Forcada comentó que la CNDH analiza la posibilidad de hacer un llamado al Congreso para que reforme la Ley del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (Issfam) en el artículo referido, y sobre el que el ombudsman, José Luis Soberanes, ha pedido su derogación.

El director del Programa del VIH/sida de la CNDH refirió que de 1992 a la fecha se han presentado 804 quejas de personas que padecen ese mal, 60 por ciento de las mismas han sido contra el IMSS y 50 por ciento son por desabasto de retrovirales.

Hernández Forcada dijo que con esta decisión de la Corte suman ya cinco sentencias consecutivas y sientan jurisprudencia, por lo cual “cualquier militar que sea despedido por padecer sida ahora ya podrá invocar esa jurisprudencia y ganar su caso”.

El funcionario aseveró que “la resolución de la SCJN es un llamado inequívoco al Legislativo para que derogue el artículo referido. Es un llamado implícito, como lo fue en el caso de la denominada ley Televisa, que al declarar inconstitucionales algunos de sus artículos el Congreso legislará para modificarla esa ley”.

La CNDH tiene el registro de 54 quejas de militares que fueron dados de baja por estar infectados de sida, y tiene aún cinco quejas abiertas; dos son contra la Secretaría de Marina y tres de Sedena. “Es necesario que se modifique la ley del Issfam en lo que la Corte declaró que es inconstitucional, pero de una vez el Congreso debería aprovechar la ocasión para revisar todo el catálogo de enfermedades que incluye y por las cuales los militares pueden ser dados de baja del servicio, ya que existen irregularidades e inconstitucionalidad en ese catálogo”, señaló Hernández Forcada.

Al respecto, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal señaló que la mencionada decisión de la Corte fortalece el principio de igualdad y no discriminación.

Patricia Colchero, segunda visitadora de dicho organismo, se congratuló por el fallo, pues consideró que calificar a los efectivos del Ejército infectados por sida resultaba violatorio a las garantías individuales.

La visitadora también advirtió que los ministros de la Corte analizan si también se violentó el derecho a la salud, ya que los militares enviados al retiro sólo reciben una liquidación y pierden el derecho a una pensión y atención médica.

Agustín Salgado

 
Compartir la nota:

Puede compartir la nota con otros lectores usando los servicios de del.icio.us, Fresqui y menéame, o puede conocer si existe algún blog que esté haciendo referencia a la misma a través de Technorati.