Argumentan que mandos superiores gozan de conquistas de sindicalizados
Descartan dar marcha atrás en plan para restar prestaciones a funcionarios públicos
Aumenta el número de trabajadores que se amparan contra la medida gubernamental
Los funcionarios públicos a los cuales se les quitarán todas las prestaciones contenidas en los contratos colectivos de trabajo y en las condiciones generales de trabajo de las dependencias son: los subsecretarios, oficiales mayores, los directores generales, adjuntos y de área, subdirectores, jefes de departamento y enlace de las paraestatales.
Sin embargo, no se afectarán las prestaciones a los mandos medios y superiores de otras dependencias, ni mucho menos al personal operativo de confianza, los cuales tienen garantizado el pago de todos los beneficios laborales económicos y sociales similares a los de que tienen los sindicalizados.
Las secretarías de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y del Trabajo y Previsión Social (STPS) emitieron ayer un comunicado conjunto en el que señalaron que la reforma que se aplicó al artículo 65 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, tiene como finalidad poner en orden y garantizar la equidad en las remuneraciones que reciben los servidores públicos de alto nivel de todo el sector gubernamental, con la finalidad de que quienes tienen puestos muy elevados no reciban prestaciones de los trabajadores de base.
Puntualizaron que “en el caso de las entidades paraestatales, en términos de la nueva disposición, los titulares, durante los procedimientos de revisión contractual con el sindicato respectivo, deberán realizar los actos necesarios y las negociaciones procedentes, para establecer que las prestaciones aplicables al personal de base no se harán extensivas al personal que ocupe plazas equivalentes a subsecretario, director general, director general adjunto, director de área, subdirector, jefe de departamento y enlace”.
Las dependencias explican que según la nueva disposición, es en estas instancias gubernamentales donde se les quitarán a los mandos superiores los beneficios que los sindicalizados tienen por contrato colectivo o por condiciones generales de trabajo.
En respuesta a las múltiples demandas que se presentaron en semanas pasadas contra esta disposición por parte de empleados de confianza de diversas dependencias, aclararon que la disposición cuestionada se apega cabalmente a la Constitución y a la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, puesto que no se eliminarán de forma alguna las prestaciones para los trabajadores operativos de confianza o de base, ni se quitará una sola de las prestaciones contractuales que perciben.
El asunto que fue destapado por el abogado Néstor de Buen, quien inclusive representa a un grupo de trabajadores que se ampararon, llevó también a otras organizaciones sindicales y sociales a presentar recursos de amparo. Ahora Hacienda y la Secretaría del Trabajo, señalan que esta disposición legal no afecta los derechos adquiridos por los servidores públicos de confianza, “ya sea de base o de confianza” e inclusive reconoce que la ley no se puede aplicar en forma retroactiva.
Señalan además que la propia Ley de Presupuesto prevé la forma en que se regulan las prestaciones que se otorgan a los servidores públicos de mandos medios y superiores, y el personal de enlace, quienes se rigen por un esquema de prestaciones independiente de aquel aplicable al personal operativo.
En todo caso, el Ejecutivo Federal respetará plenamente los derechos laborales de los servidores públicos, por lo que no se afectarán de manera alguna las prestaciones que por ley les corresponden. Asimismo, en el caso de los beneficios de carácter contractual, éstos se respetarán cabalmente y se continuarán los procesos de revisión a que tienen derecho los trabajadores conforme lo señala la ley.