Usted está aquí: lunes 17 de diciembre de 2007 Política La reforma judicial abre la puerta a “prácticas de asalto”, advierte ONG

Carece de mecanismos para controlar nuevas facultades de policías: IMDHD

La reforma judicial abre la puerta a “prácticas de asalto”, advierte ONG

Legaliza la detención de una persona más allá del término constitucional de 72 horas

Víctor Ballinas

El Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia (IMDHD) se sumó al rechazo generalizado de la reforma constitucional en materia penal por considerar que permitirá a agentes policiacos allanar “cualquier domicilio sin que cuenten con una orden judicial”, bajo el supuesto de que existe flagrancia o que la vida de una persona está en peligro.

Debido a las condiciones que imperan en el sistema de justicia mexicano y a la impericia de los cuerpos de policía, esas facultades para allanar domicilios “pueden llegar a conformar prácticas de asalto” y afectar libertades y derechos consagrados en la Constitución, “todo ello sin que exista una orden judicial”.

Rocío Culebro, directora ejecutiva del IMDHD, comentó que la reforma debe centrarse en el combate al delito y en garantizar el respeto de los derechos humanos. Para lograr ese fin es fundamental crear mecanismos de control que permitan generar contrapesos legales a las “amplias facultades” que se otorgaron a policías y Ministerio Público.

Sin embargo, señaló, la reforma aprobada carece de esos controles, lo cual “constitucionaliza” situaciones altamente preocupantes y lesiona principios universales de derechos humanos, como la presunción de inocencia y el debido proceso.

Otra preocupación del organismo es la inclusión del arraigo, “que ya fue declarada inconstitucional” por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) porque afecta “gravemente” la libertad individual de las personas. En esencia, añadió, con esa figura se legaliza la detención de una persona por un periodo superior a 72 horas, quedando a cargo del Ministerio Público para “perfeccionar la averiguación previa”.

“Eso no es sólo un contrasentido, sino una práctica violatoria de la presunción de inocencia. Tal como se integró en la reforma aprobada, la figura (de arraigo) no se utiliza como medida cautelar, sino como una decisión anticipada y un presupuesto de culpabilidad”, sostiene Culebro.

“Es evidente que un Estado democrático, respetuoso de los derechos humanos, no puede justificar de ninguna forma una detención con fines exclusivos de investigación y menos por un plazo que puede prolongarse hasta 80 días; esa situación pone en entredicho absoluto la presunción de inocencia.”

Delitos mayores

La representante del IMDHD resalta que el proyecto de reforma contiene una modificación al artículo 19 de la Constitución que faculta a los jueces ordenar “siempre” la prisión preventiva en casos relacionados con la delincuencia organizada, homicidios dolosos, violación, secuestro, delitos cometidos con medios violentos (armas y explosivos), así como situaciones que pongan en riesgo la seguridad nacional.

El organismo señala que con esa modificación se contradice el espíritu de los instrumentos internacionales de derechos humanos, “pues al definirse una serie de conductas penales en las que siempre prevalecerá la imposición de la pena preventiva de la libertad se avanza en contravía de la finalidad preventiva de la detención, por lo que puede prolongarse de forma excesiva, configurándose así una condena adelantada”.

La reforma “puede ser el pretexto para continuar con la criminalización de la protesta social, en tanto que define de manera tendenciosa el concepto de delincuencia organizada, amparándose en una interpretación de la Convención de Palermo de Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada, de la cual México forma parte”, señala Culebro.

Sin embargo, añade, al contrastar la definición prevista en ese instrumento con la redacción final de la reforma se eliminaron aspectos sustanciales de la convención de la ONU.

La reforma judicial fue aprobada por los diputados el pasado 12 de diciembre por 366 votos a favor, 53 en contra y ocho abstenciones. La propuesta incluye también la aplicación de juicios orales.

 
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