Voluntades anticipadas: el documento
Hace una semana utilicé este espacio para referirme a la buena disposición de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal al aprobar el dictamen de decreto por el que se crea la Ley de Voluntad Anticipada, así como a la inoperancia, por no decir mediocridad, de su iniciativa. Debido a que recibí algunas llamadas que deseaban conocer más a fondo los pormenores de algún instrumento acerca de las instrucciones o voluntades anticipadas, consideré oportuno publicar un documento elaborado por el Colegio de Bioética, AC.
La organización de marras fue fundada en 2004; es una asociación civil legalmente constituida y registrada, multidisciplinaria, laica, no lucrativa y no gubernamental, formada por académicos expertos en sus respectivos campos del conocimiento. Su labor es difundir a través de los medios y a toda la sociedad, incluyendo a los legisladores, la información real, actualizada y pertinente sobre los distintos problemas bioéticos de la ciencia contemporánea, al margen de sectarismos, intereses políticos o posiciones ideológicas o religiosas. El documento expresa el pensar de los miembros del Colegio de Bioética, AC y fue publicado en la revista Nexos en 2006 y se reprodujo en el libro Diccionario incompleto de bioética con comentarios y preguntas (Arnoldo Kraus y Ruy Pérez Tamayo. Editorial Taurus, 2007). Por la coyuntura temporal y por la pertinencia de las voluntades anticipadas consideré adecuado publicarlo en este espacio. Aclaro que existen otros documentos elaborados en otros países (España, Holanda, Estados Unidos, etcétera), cuyo espíritu es similar al nuestro, pero que tienen algunas diferencias lógicas vinculadas con la filosofía médica y legal de cada nación.
“Yo, -------, en plenitud de mis facultades, libremente y tras prolongada reflexión, declaro:
Que si llego a encontrarme en una situación en la que no pueda tomar decisiones sobre mi cuidado médico como consecuencia de mi deterioro físico o mental, por encontrarme en uno de los estados numerados en el punto 4 de este documento, y si dos médicos independientes coinciden en que mi estado es irreversible, mi voluntad inequívoca es la siguiente:
1) Que no se prolongue mi vida por medios artificiales, tales como técnicas de apoyo vital, líquidos intravenosos, fármacos o alimentación artificial.
2) Que se suministren los fármacos necesarios para paliar al máximo mi malestar, sufrimiento síquico y dolor físico, causados por la enfermedad o por falta de soluciones o alimentación, aun en el caso de que puedan acortar mi vida.
3) Que, si me hallo en un estado particularmente deteriorado, se me administren los fármacos necesarios para acabar definitivamente, y de forma rápida e indolora, con los padecimientos (es decir, con el sufrimiento y con el dolor) expresados en el punto siguiente.
4) Los padecimientos clínicos son los siguientes:
- Daño cerebral grave e irreversible.
- Tumor maligno diseminado y sin posibilidad de ser tratado con éxito.
- Enfermedad degenerativa del sistema nervioso o del sistema muscular en fase avanzada con limitación grave de mi movilidad y falta de respuesta al tratamiento convencional.
- Demencias.
- Enfermedades o situaciones de gravedad comparables a las anteriores.
- Otros: enfermedades o accidentes que causaran alguna condición de incapacidad total.
5) Si mis órganos son de utilidad para ser transplantados, quiero donarlos a quien le sean útiles, de acuerdo a las reglas establecidas por las autoridades responsables, dando preferencia como receptor, a familiares o personas cercanas que se beneficien al recibir alguno o algunos de mis órganos en el momento de mi fallecimiento. Deseo, en lo posible, que se sigan mecanismos sencillos que faciliten el procedimiento, tanto para mis familiares como para el receptor.
6) Designo como mi representante para que vigile el cumplimiento de las instrucciones sobre el final de mi vida, expresadas en este documento, y tome las decisiones necesarias para tal fin, a: -----.
En ausencia del citado representante, designo como apoderado a: -----.
7) Manifiesto, asimismo, que libero a los médicos que me atienden, así como a los representantes, de toda responsabilidad civil y penal que pueda derivarse por llevar a cabo los términos de esta declaración.
8) Me reservo el derecho de revocar esta declaración en cualquier momento, en forma oral o escrita.
9) Quiero que tengan presente, en todo momento, que el miedo a la muerte no me impide pensar que prefiero fallecer en circunstancias dignas. Mientras haya sospechas fundadas de que soy consciente y pueda mantener algún tipo de comunicación o relación con los demás, quisiera que se aseguren si persisto en lo declarado en este testamento. Si se descarta esa posibilidad, quiero que se tome la decisión de acuerdo a lo declarado en este testamento, una vez que las personas más cercanas se hayan despedido, sin prolongar la situación más allá de lo necesario.
Fecha: --------
Nombre: --------
Representantes: --------
Testigos: ---------
El Colegio de Bioética elaboró este documento para las personas que se consideran autónomas y para quienes la dignidad es cuestión cimental. No es, de ninguna forma, una “incitación” para fomentar la eutanasia pasiva o activa. Es, tan sólo, un instrumento que permite al ser humano delimitar los límites de su existencia. Quizás les sea de utilidad a los miembros de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.