Los inconformes no están obligados a consumir frijol, maíz, azúcar ni leche: jueces
Fueron rechazadas la mayoría de las demandas de amparo contra el TLC
La mayoría de las demandas de amparo contra la entrada en vigor del capítulo agropecuario del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) no tuvieron éxito. Casi todos los jueces que recibieron las peticiones ni siquiera las admitieron a trámite, con el argumento de que los ciudadanos inconformes no están obligados a consumir frijol, leche, azúcar y maíz, ya que, sin mencionar nombres, dijeron que la canasta básica de alimentos en el país es muy amplia y existen otros víveres que pueden adquirir, revelaron fuentes judiciales.
Los juzgadores federales tampoco aceptaron la referencia de que esa parte del TLCAN pone en riesgo la vida de los mexicanos que subsisten al día con el salario mínimo, puesto que, según la versión de estos impartidores de justicia, la ausencia de alguno o de los cuatro alimentos antes mencionados no es indispensable para la vida de un ser humano.
La disparidad de salarios en México habla por si sola: mientras un obrero y su familia deben subsistir con menos de 60 pesos al día, los jueces y magistrados del Poder Judicial Federal (PJF) cobran mensualmente más de 100 mil pesos, sin contar las prestaciones anexas a su salario, como seguro de gastos médicos mayores –para ellos y todos sus consanguíneos– y préstamos de bajo interés para adquirir casas y vehículos.
Hace tres semanas se presentaron cerca de 10 mil peticiones de amparo en varios juzgados en materia administrativa del Distrito Federal y el estado de México. Sólo uno de por lo menos 20 jueces que conocieron esas demandas dio entrada a una de ellas, aunque negó la suspensión provisional solicitada, con la cual se pretendía que se inhibiera la entrada en vigor de lo establecido en dicho pacto comercial. Se trata del juez Ricardo Olvera, titular del juzgado 16 de distrito en materia administrativa.
Dicho órgano jurisdiccional revisará si el pacto trasnacional, exclusivamente en materia agropecuaria, viola o no las garantías de los campesinos que se inconformaron con el acuerdo que permite que productos del campo provenientes de Estados Unidos y Canadá entren libres de aranceles. El próximo 21 de febrero se realizará la audiencia constitucional en la que se determinará si se concede o no la suspensión definitiva a los campesinos inconformes.
Sin embargo, la mayoría de los juzgadores que también recibieron las demandas no coincidieron con la determinación del juez Olvera.
Los jueces que desecharon los documentos elaborados por un grupo de abogados que encabeza Román Díaz Vázquez, del Movimiento Ciudadano Obradorista, y por abogados de El Barzón, argumentaron que los ciudadanos quejosos carecen de personalidad jurídica para recurrir esa parte del TLCAN mediante el juicio de garantías.
El capítulo agropecuario del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, que entró en vigor el pasado primero de enero, obliga a desgravar las importaciones de frijol, leche, azúcar, maíz y otros productos de Estados Unidos y Canadá.
La inconformidad contra el capítulo agropecuario se debió a que, según las organizaciones campesinas inconformes, ello ha ocasionado más de 2 millones de empleos perdidos en el sector rural y que 70 por ciento de los campesinos vivan en la pobreza.
Entre los inconformes están la Confederación Nacional Campesina, Central Campesina Cardenista, Central Campesina Independiente, Asociación Nacional de Empresas Comercializadoras de Productores del Campo, Unión Nacional de Trabajadores Agrícolas y El Barzón.