El instituto electoral busca cubrir lagunas legales
Discuten sanciones para quienes violen normas sobre propaganda
El Instituto Federal Electoral (IFE) discutirá esta tarde un punto de acuerdo que pretende establecer los criterios para sancionar a aquellos funcionarios públicos –federales, estatales o municipales–, legisladores –federales y locales– y miembros de otros órganos del Estado. En el documento se destaca que toda propaganda política que no sea canalizada por medio del propio instituto será ilegal.
Al menos cuatro consejeros –Marco Antonio Gómez Alcántar, Virgilio Andrade, Lourdes López y Marco Antonio Baños– respaldan el proyecto, en el cual se subraya que el IFE será la “autoridad competente para conocer las conductas que pudieran resultar violatorias” de las disposiciones constitucionales que regulan la publicidad política y gubernamental.
El consejero Virgilio Andrade precisó que las disposiciones que se pretende aprobar tienen el propósito de ser reglas o criterios generales a los cuales se deberán ceñir los miembros de los poderes públicos.
Buscan, asimismo, cubrir lagunas legales hasta que los legisladores aprueben reformas a leyes secundarias –como la Ley Federal de Responsabilidades de Servidores Públicos– que pongan en terreno firme las disposiciones constitucionales.
Las disposiciones contenidas en el documento señalan que “en los casos en que el IFE tenga conocimiento de posibles faltas de servidores públicos, esta autoridad dará vista en cualquier tiempo a las autoridades competentes en materia de responsabilidades políticas o administrativas”.
En el punto III del punto de acuerdo se destaca que todos los servidores públicos que se consideran en el artículo 134 constitucional “deberán abstenerse de cualquier alusión al uso de su imagen personal”. De acuerdo con los plazos fijados en artículos transitorios de la reforma electoral, se daba un plazo de 30 días para que los gobernantes retiraran toda publicidad en sitios públicos que incluyeran su imagen personal.
Sin embargo, el documento hace una excepción en cuanto a los legisladores federales, a quienes les autorizan, en el ámbito territorial que representen, “a comunicar o anunciar con fines informativos el domicilio de sus oficinas de atención ciudadana”.