■ Reconocimiento federal a la labor del titular de Salud local en la elaboración de la norma
Pide consejera jurídica no crear falsas expectativas sobre ley de no fumadores
■ Que no se crea que de la noche a la mañana la ciudad se asemejará a países donde se aplica, dice
A dos días de que entren en vigor las reformas a la Ley para la protección de la salud de los no fumadores, la consejera Jurídica y de Servicios Legales del gobierno capitalino, Leticia Bonifaz Alfonzo, pidió no generar falsas expectativas sobre el cumplimiento de esta norma, y se crea que de la noche a la mañana la ciudad de México se asemejará a los países europeos en los que se aplica este ordenamiento.
De hecho, consideró que un aspecto importante que deben conocer los habitantes de la ciudad antes de que se aplique la prohibición de fumar en cualquier espacio cerrado de acceso público, son las sanciones por infringir la ley, además de las facultades que corresponden a cada autoridad local, como las secretarías de Seguridad Pública (SSP), de Salud (SS), de Transportes y Vialidad (Setravi), la Contraloría General (CG), las delegaciones políticas y a la misma consejería, por medio de los jueces cívicos.
En ese contexto, el titular de la Secretaría de Salud federal, José Ángel Córdoba, expresó su reconocimiento a su par del Distrito Federal “por el trabajo espléndido que está haciendo en el reglamento (de esa ley) para que su aplicación sea totalmente cabal. Es un gran paso y esperamos ya pronto en todo el país”, destacó.
Las sanciones
En entrevista, la funcionaria capitalina recordó que las sanciones pueden ser económicas o la clausura de los establecimientos mercantiles, o de remisión ante un juez cívico si son personas, o bien retiro de permisos y concesiones en cuanto al transporte de pasajeros.
“En caso de repetir la conducta sancionada –dijo– se aplicará el doble del monto de la multa impuesta. Y para los reincidentes, arresto de hasta 36 horas en caso de personas físicas y revocación de la concesión o permiso en caso de infracción en los vehículos de transporte de pasajeros”.
La ley establece que se prohíbe fumar en todas las oficinas e instalaciones médicas y educativas del sector público, establecimientos mercantiles, cines, teatros y auditorios, elevadores, escaleras de cualquier edificación, transporte público de pasajeros, así como en el transporte escolar y de personal. Se podrá consumir tabaco en la vía pública siempre y cuando el humo no penetre al interior de espacios cerrados.
En los casos en los que una persona no respete la prohibición de fumar en espacios cerrados de acceso público, el propietario o responsable del establecimiento debe exhortarlo a que se abstenga de fumar o se traslade a las áreas al aire libre, en caso de negarse lo invitará a abandonar el local, si no lo hace, deberá pedir el auxilio de la policía, quien lo pondrá a disposición del juez cívico para que aplique las sanciones que correspondan.
Sobre el mismo tema, el presidente de la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, Víctor Hugo Círigo, dijo que hay el compromiso de las autoridades locales de publicar el viernes el reglamento correspondiente a esta ley. “Al menos así fue el compromiso que establecimos con la Consejera Jurídica”.
Aunado a ello, hizo un reconocimiento a los dueños de giros como restaurantes y bares, quienes desde hace algunas semanas han concientizado a sus clientes de que ya no podrán fumar en el interior de esos espacios, lo que es “una actitud de mucha colaboración y de mucha responsabilidad”.
Por último, hizo un llamado a los dueños de establecimientos mercantiles a respetar el nuevo ordenamiento, sin buscar evadir esta obligación legal.