■ Corresponden a impuesto predial de 2003-2007 por tres inmuebles
El cabildo de Boca del Río emplaza al gobierno del estado a pagar $6.3 millones
Boca del Río, Ver., 17 de mayo. El ayuntamiento de Boca del Río, que encabeza el panista Miguel Ángel Yunes Márquez requirió al gobierno del estado el pago de 6 millones 364 mil pesos por concepto del impuesto predial de los estadios de beisbol Beto Ávila, y de futbol, Luis de la Fuente, así como del edificio World Trade Center (WTC) que se ubican en este municipio.
Yunes Márquez dio plazo de 15 días para el pago, pues de lo contrario, dijo, su gobierno promoverá un embargo precautorio de los inmuebles y posteriormente el de las cuentas bancarias de la administración estatal, para garantizar que se cubra dicho monto correspondiente al periodo 2003-2007.
El requerimiento fiscal fue emitido el 9 de mayo por Tesorería y el Departamento de Asuntos Jurídicos de Boca del Río. El munícipe afirmó que si bien es cierto que los tres inmuebles son propiedad pública, en esos se realizan actividades empresariales del dominio privado y “aunque digan que pertenecen al gobierno del estado, esto no los exime”.
Detalló que por el estadio de beisbol se adeuda un millón 968 mil 55 pesos, por el de futbol, un millón 528 mil 412 pesos y por el WTC hay un pasivo de 2 millones 867 mil 650 pesos.
El ex priísta y ahora panista sostuvo que el requerimiento de pago “es algo que no debe sorprender, todos estamos obligados a pagar predial y si un ciudadano común y corriente lo paga año con año no hay justificación para que el gobierno de estado no pague sus gravámenes, sobre todo cuando son inmuebles que generan ingresos, tanto por los equipos profesionales de futbol y beisbol como por convenciones y diversos actos en el WTC”.
Requerimento improcedente
La respuesta del gobierno de Fidel Herrera se hizo mediante un comunicado de la procuradora fiscal de la Secretaría de Finanzas, Rocío Contreras, quien calificó de “improcedente” el requerimiento de la alcaldía y los anuncios para promover embargos precautorios de bienes y cuentas bancarias.
Citó que en el artículo 119 del Código Hacendario de Boca del Río se estipula que “están exentos del pago del impuesto predial los bienes de dominio público de la Federación, del estado y de los municipios”. En el caso del WTC, en el articulo 2 del decreto publicado en la Gaceta Oficial del Estado el 17 de junio de 2004, “se declaró como bien de dominio público destinado a fines de utilidad pública”. En la misma situación se encuentran los estadios, según el artículo 7 de la Ley de Bienes del Estado.
“Son bienes bajo el régimen de dominio público, cuyo uso no ha variado son inalienables, inembargables y exentos de pagar impuestos”, abundó.
Dijo que el gobierno del estado también se reserva su derecho de interponer un amparo, recurrir a un juicio de nulidad o a un recurso de revocación contra el requerimiento del ayuntamiento.