Aborto: decisión en puerta
No sorprende el proyecto presentado por el ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano en el que declara fundados los recursos de inconstitucionalidad mediante los cuales se trata de revertir la despenalización del aborto en el Distrito Federal. Si bien ha causado gran indignación en amplio sector de la sociedad –pues para las mujeres que deciden la interrupción de un embarazo no deseado se plantea la disyuntiva entre la cárcel o la posibilidad de la muerte–, se trata de algo esperado. Pero la discusión seria y decisiva en el seno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) apenas está por comenzar, y este documento de 610 páginas es tan sólo un punto de partida. Sin embargo, el texto es interesante porque hace visible, por medio de una particular interpretación de la Constitución y otros ordenamientos legales, la postura de un sector de la sociedad ante el tema del aborto.
El proyecto de Aguirre Anguiano tiene una característica importante que también se esperaba: en sus argumentos no hay ninguna alusión directa a conceptos de tipo religioso. Aparece entonces como un alegato neutro, centrado en aspectos que pretenden exhalar pulcritud jurídica, para eludir cualquier confrontación con la naturaleza laica del Estado mexicano. Esfuerzo vano, pues a nadie escapa que en el origen de los recursos de inconstitucionalidad que guiaron a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y a la Procuraduría General de la República (PGR) hay un elemento ideológico, o más precisamente, religioso. Si no, ¿cómo explicar la identidad del argumento central en estos recursos y del proyecto mismo, con los preceptos de un poder extranjero, el Vaticano, sobre la defensa de la vida desde la concepción? No es difícil ver la mano que mece la cuna.
En un proceso que lleva más de un año se logró evitar –al menos parcialmente– que entre los protagonistas de los debates aparecieran los representantes de la jerarquía católica; en su lugar se colocó al frente a científicos conservadores y a profesoras de embriología para “demostrar científicamente” que el ser humano y la persona humana son lo mismo que el cigoto. Pero ahora este escenario se hace a un lado y se cede el lugar a los argumentos constitucionales, en los que, al parecer y como veremos, hay también lugar para el malabarismo.
Precisamente un punto importante en el proyecto del ministro Aguirre Anguiano consiste en esa sustitución. Se hacen a un lado los aspectos éticos, morales, filosóficos, científicos y legales sobre el momento a partir del cual comienza la vida humana y en el que ésta debe protegerse en virtud de que, a su juicio, en estos campos existen posturas encontradas, por lo que plantea que, dada esta diversidad, la decisión de la SCJN debe atenerse solamente a lo que establece la Constitución.
De este modo la prueba pericial realizada el 16 de agosto de 2007 –llena de irregularidades y trampas en su elaboración y desarrollo, de las que me ocuparé en su momento–, a la que fueron convocados Jesús Kumate, María Cristina Márquez Orozco, Fabio Salamanca, Rubén Lisker y Ricardo Tapia, en la que los tres primeros identificaron al cigoto con una persona y los dos últimos no, sólo sirvió para construir el argumento de que los científicos ni siquiera han logrado ponerse de acuerdo sobre este tema. De este modo lo que prevalece es una interpretación particular de la Carta Magna. Al no abundar en el texto constitucional los puntos que permitieran una solución directa al tema del aborto (en particular el momento del desarrollo en el que la vida humana debe protegerse), se recurre a leyes secundarias o tesis en las que en el pasado la Iglesia católica ha dejado impresa su huella, pues incluyen la noción de que la vida se inicia con la concepción. Pero no se explica en ninguna parte del documento cómo se da el salto para identificar la concepción (idea metafísica) con la fecundación (concepto biológico) para concluir que la Constitución defiende la vida en todas las etapas del desarrollo humano.
Hay otros mensajes en el proyecto aludido, como que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal sí tiene competencia para modificar el Código Penal y la ley de salud locales, pero, al proponer declarar inconstitucionales algunas de sus partes –como la definición de aborto, en la que se elimina el periodo de las 12 semanas de gestación y lo amplía hasta la “concepción”; y la de embarazo, cuyo inicio se define a partir del mismo concepto religioso–, Aguirre los transforma en ordenamientos inaceptables, pues condenan a las mujeres con un embarazo no deseado a ser simples incubadoras al margen de sus propias decisiones; o, en el otro extremo, a la cárcel o la muerte.
Pero el debate en la SCJN, que será histórico, apenas está por comenzar. Para declarar la inconstitucionalidad, siete ministros tendrían que respaldar la visión de Aguirre y del sector social del que este ministro se ha convertido en vocero. Lo que está por definirse es si nuestro país entra en una ruta de desarrollo marcada por el respeto pleno a los derechos de las mujeres, o si simplemente nos alineamos, de manera dócil, a la corriente mundial neoscurantista.