■ Profeco podrá multar con más de un millón de pesos y la suspensión de publicidad
En vigencia, obligación de difundir el CAT para comercios que otorguen créditos
Desde esta semana las tiendas departamentales, casas de empeño, inmobiliarias, mueblerías y agencias de automóviles, entre otros establecimientos comerciales, que de manera habitual otorgan créditos, préstamos o financiamientos a sus clientes, están obligados a difundir en su publicidad el costo total anual (CAT), conformado por los intereses, comisiones y gastos de gestión que cobran por ofrecer tales servicios.
Tal disposición forma parte de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros (LTOSF) y en caso de que sea incumplida o no sea destacada “de manera clara, notoria e indubitable”, entonces la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) impondrá multas hasta de más de un millón de pesos y suspenderá la publicidad de dichas empresas.
La dependencia explicó que aún cuando la LTOSF fue aprobada y entró en vigor desde junio de 2007, las disposiciones sobre la adhesión, publicidad, estados de cuenta y comprobantes de operación se establecieron en mayo de 2008, pero a las entidades comerciales se les concedió un plazo de 90 días para ajustar su publicidad, el cual vence este lunes. Las modificaciones restantes podrán hacerlas hasta el 23 de noviembre de este año.
El Banco de México reveló hace unas semanas que los consumidores que obtienen créditos, financiamientos o préstamos en tiendas departamentales o casas de empeños pagan hasta tres veces más la deuda contraída debido a los intereses, comisiones y gastos de gestión que se les cobran, que oscilan entre 40 y hasta 320 por ciento, dependiendo del establecimiento. Por ejemplo, el costo de una lavadora adquirida a crédito en mueblerías o tiendas de autoservicio llega a ser entre 100 y 180 por ciento mayor a su precio original al contado, mientras el CAT en casas de empeño oscila entre 80 y 320 por ciento.
A partir de este martes 27 de agosto, establecimientos comerciales como Sanborns, Palacio de Hierro, Liverpool, Mixup, Office Depot, Monte de Piedad, Monte Pío Luz Aviñón, Elektra, entre otras –los bancos no están incluídos en esta disposición–, deberán ofrecer en sus anuncios publicitarios “en caracteres notorios”, con elementos de diseño que faciliten la comprensión las tasas de interés y que dure “por lo menos cinco segundos” en caso de difundirse en medios electrónicos, el monto de comisiones, premios, bonificaciones en efectivo, descuentos, montos de pagos periódicos, factores de pago y conceptos equivalentes.
Las empresas deben informar sobre el tiempo en que un consumidor podrá saldar su crédito si únicamente paga el mínimo requerido, así como la variación de los intereses por fijarse a tasa variable, y advertirle que los costos por mora son elevados, por lo que su capacidad de pago no debe exceder el 35 por ciento de sus ingresos periódicos.
Cualquier abuso o irregularidad cometida por estos negocios puede ser reportado ante la Profeco a los teléfonos 55 68 87 22 si se marca desde la ciudad de México o desde cualquier otro punto del país al 01 800 468 87 22.
La dependencia recomendó a los consumidores utilizar el CAT como un medio para comparar el costo del crédito ofrecido entre las distintas empresas, para que seleccionen el que más le convenga.