■ Logro de la segunda acción colectiva de consumidores representados por Profeco
Líneas Aéreas Azteca pagará $8 mil a cada pasajero afectado por suspensión de vuelos
En lo que constituye la segunda “acción colectiva o de grupo” de consumidores representados por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) contra una empresa ante juzgados federales, Líneas Aéreas Aztecas quedó obligada a resarcir económicamente los daños ocasionados a los pasajeros perjudicados por la suspensión de vuelos ocurrida el año pasado, bajo el riesgo de ser embargada si no acata la resolución del tercer tribunal unitario en materias civil y administrativa.
“Si la empresa no paga voluntariamente a cada consumidor involucrado en el incidente, se embargarán y rematarán bienes de su patrimonio para cubrir el monto de las afectaciones a los pasajeros”, informó Antonio Morales de la Peña, titular de la Profeco.
Cada pasajero afectado, precisó, tendrá que recibir 8 mil pesos en promedio, con lo que la aerolínea deberá desembolsar por lo menos 2.5 millones de pesos sólo para los 2 mil 818 pasajeros que presentaron queja ante la dependencia, pese a que sólo 620 participaron en la demanda colectiva.
“Estamos plenamente satisfechos con las pretensiones que solicitamos al Poder Judicial. La sentencia ha quedado firme y se abre una nueva etapa en la actuación de la Profeco en la defensa de los derechos de los consumidores, a través de una acción de grupo. Con esto se sienta un precedente jurídico y una nueva etapa muy importante de las tres acciones de grupo que hemos presentado, porque ésta es la única que ha prosperado (la primera fue contra Air Madrid y está en curso con las autoridades españolas, y la tercera es contra una inmobiliaria en Chihuahua)”, ponderó el funcionario.
Con este precedente dijo que Profeco analiza presentar otra demanda colectiva contra Aerocalifornia, que no ha atendido ninguno de los procesos conciliatorios y acumula mil 52 quejas en su contra desde que fue obligada a suspender operaciones en agosto pasado, por incumplimiento de pagos fiscales.
Por lo pronto, explicó que la demanda de acción de grupo contra Líneas Aéreas Aztecas fue presentada por Profeco desde el 6 de julio de 2007 y se obtuvo sentencia el 28 de diciembre por parte del juzgado sexto de distrito en materia civil, pero a pesar de que fue favorable a la dependencia, ésta determinó apelarla para garantizar plenamente los derechos de los consumidores para evitar que un tribunal de segunda instancia pusiera en duda el alcance o representatividad del organismo por pedir un rembolso a nombre de los afectados.
El tercer tribunal unitario ratificó la primera sentencia y Líneas Aéreas Aztecas tuvo como plazo hasta el 22 de julio de este año para impugnarla mediante un amparo, pero como no lo hizo quedó obligada a resarcir los daños y prejuicios ocasionados a sus pasajeros, mediante el pago de 8 mil pesos en promedio cada uno de los consumidores afectados, por el boleto que adquirieron, lo que erogaron adicionalmente por el incumplimiento del servicio y una indemnización superior a 25 por ciento del precio del boleto, señaló el procurador.
Cualquier otro pasajero que tenga un boleto de Líneas Aéreas Azteca y no haya podido realizar un vuelo tiene derecho a acogerse a esta disposición.