Usted está aquí: domingo 31 de agosto de 2008 Política Busca el PRD regulación del derecho de réplica

■ También presentó iniciativa de ley para cambiar el espíritu de la garantía de amparo

Busca el PRD regulación del derecho de réplica

■ El objetivo es que autoridades y empresas de comunicación “se obliguen” ante los ciudadanos

Roberto Garduño

La fracción del PRD en la Cámara de Diputados propuso la regulación del derecho de réplica y, a la par, presentó una propuesta tendente a cambiar el espíritu del derecho de amparo, con objeto de garantizar a los ciudadanos que las autoridades y las empresas de comunicación se obliguen ante ellos.

En las próximas semanas, la bancada perredista en San Lázaro impulsará ante el resto de las fracciones parlamentarias la inclusión legal del citado derecho como general e individual, con el objetivo de beneficiar a la mayoría de los ciudadanos que se encuentran en el desamparo legal ante las autoridades y los medios de comunicación.

Valentina Batres Guadarrama, autora e impulsora de la iniciativa con proyecto de decreto para reformar el artículo 103 de la Constitución y la Ley de Amparo reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la máxima legislación, desglosó el espíritu de la misma:

“En realidad se trata de dos propuestas legislativas que se entrelazan, pero que son muy importantes por sí mismas: por un lado, proponemos la regulación del derecho de réplica y, por otro, para que éste pueda protegerse realmente, planteamos el establecimiento del juicio de amparo en contra de particulares.

“Proponemos, en primer lugar, un procedimiento simplificado para promover directamente ante el medio de comunicación la rectificación o respuesta sobre la información que se desea aclarar, la cual consiste prácticamente sólo en la presentación de la solicitud escrita al medio, acreditando el interés jurídico en el asunto.

“En contraparte, para quien se niegue a publicar la réplica se establecería como sanción que en la sentencia correspondiente, el juez otorgue hasta el doble del tiempo o espacio que corresponda a la réplica solicitada. Y en caso de que el medio se niegue a difundirla una vez existiendo sentencia firme, el juez ejecutor impondría una multa que se multiplicará por cada día de incumplimiento de sentencia.

Dicha acción jurisdiccional, adujo Batres, se interpondría precisamente ante los jueces federales mediante el amparo contra particulares, para lo cual se propone la reforma al artículo 103 de la Constitución y a la Ley de Amparo.

“No se trata tampoco de una idea original. Estamos recogiendo básicamente el texto de la reforma propuesta en 2001 por la Suprema Corte de Justicia de la Nación a la Ley de Amparo, con la única diferencia de que mientras el máximo tribunal del país proponía equiparar a los particulares como autoridades para que les fuera aplicable la Ley de Amparo, nosotros planteamos que se extienda explícitamente la procedencia del amparo a los particulares que afecten los derechos fundamentales de otros particulares”.

La representante perredista sostuvo que será necesario rebasar la actual circunstancia legal que le impide garantizar plena seguridad a los ciudadanos: “hasta hoy, mediante un procedimiento administrativo seguido ante la Secretaría de Gobernación se presenta un mecanismo sin fuerza para obligar a los medios de comunicación a respetar el derecho de réplica. Es necesario modificar la visión para concebirlo como un derecho fundamental, no un asunto administrativo entre el Estado y los medios de comunicación”.

 
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