Programa Nacional de Derechos Humanos
El 29 de agosto, curiosamente último día hábil antes de la presentación del Informe presidencial al Congreso, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Programa Nacional de Derechos Humanos (PNDH) 2008-2012, que obliga en principio a la administración pública federal a cumplir con lo que en él se establece.
Cabe destacar que este programa no pasó por el trámite de manifestación de impacto regulatorio, establecido por la Ley Federal del Procedimiento Administrativo, toda vez que se consideró extrañamente que el mismo no ocasionaría obligaciones a particulares o modificaría trámites. Sin ahondar en las verdaderas intenciones de esa afirmación, ese procedimiento habría permitido opinar al respecto a las organizaciones que no participaron en su elaboración, pues no puede tenerse como representantes de una sociedad tan diversa a los grupos que intervinieron en su elaboración.
Este no es el primer programa en la materia que es elaborado por el gobierno. En 2004, con motivo de los compromisos contraídos el año anterior en la Conferencia de Viena sobre Derechos Humanos, fue dado a conocer el primer PNDH, que tenía por objeto instaurar una política de derechos humanos en el país. Tenía enormes limitaciones en cuanto a su alcance, ya que era un plan que en realidad obligaba únicamente a la administración pública, no contaba con presupuesto y no establecía indicadores de cumplimiento.
El PNDH 2008-2012 no deja también de ser limitado, pues de nueva cuenta nos encontramos frente a un programa sólo de la administración pública federal, y no con un programa de Estado que involucre a los tres poderes. Sin embargo, como características positivas podrían señalarse en el escrito las siguientes.
Fue sancionado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, lo que le daría la posibilidad de contar con presupuesto; si bien contiene acciones muy generales y acotadas a ciertos temas, podrían también justificarse diciendo que plantea objetivos realistas; se emite además en la primera mitad del actual gobierno, lo que podría facilitar su implementación, evaluación y seguimiento.
En cuanto a su contenido, podrían considerarse como positivos los siguientes puntos.
Impulsar la sustitución progresiva y verificable de las fuerzas armadas en funciones de seguridad pública, particularmente las referentes a la actuación policial; garantizar que el uso de la fuerza sólo será aplicado como último recurso y con estricto apego a las normas internacionales de proporcionalidad y necesidad, en función de la amenaza existente; impulsar reformas en materia de procuración e impartición de justicia militar, acordes con los compromisos internacionales adoptados en materia de derechos humanos por el Estado mexicano; conceptualizar y promover la definición de seguridad pública, subordinada a la de seguridad humana; garantizar la prohibición de exigir certificados de no gravidez para la mujer cuando busque empleo, así como la promoción de acciones afirmativas y diversas acciones en materia de no discriminación y salud sexual y reproductiva.
Existen de igual forma puntos que no podemos considerar que sean acordes con los derechos humanos, como el tema del arraigo, en el que se establece que debe aplicarse bajo los más estrictos criterios legales, cuando se trata de una figura que es contraria por sí misma a los principios del debido proceso y a la presunción de inocencia.
Aunque en general el texto parezca halagüeño, debe destacarse también la ausencia de temas fundamentales, como la libertad de expresión y la justicia restaurativa. No cabe duda de que en el contenido del programa hay un cierto número de acciones que, de ser aplicadas, serían positivas. Sin embargo falta algo muy importante. ¿Cómo se van a realizar? ¿A quiénes corresponde eso? ¿En cuánto tiempo? ¿Con qué criterios se van a evaluar?
La Ley de Planeación hace de este programa una especie de accesorio al Plan Nacional de Desarrollo, limitando su vigencia a la vigencia del plan. En este sentido se corre también el riesgo de que acontezca lo que sucedió con el de 2004, que justo cuando se estaba analizando su implementación, terminó el sexenio y se tuvo que hacer borrón y cuenta nueva. Esto sin duda no es positivo para los derechos humanos en el país, sobre todo si consideramos que la mayor parte de las estrategias de este tipo se deben planear a largo plazo y no estar sujetas a los vaivenes de la política o a la buena voluntad del siguiente gobernante. Es por ello indispensable comenzar a verificar que se implementan las acciones positivas contenidas en el programa. Si no es así, podríamos encontrarnos con acciones que en realidad maquillen una actividad que ya se realiza, aunque sin perspectiva de derechos humanos. Esto sin contar con que la mala puesta en práctica de algunas de esas medidas, pudiera incluso ser contraproducente, por lo que no sólo es urgente la implementación del programa, sino la del mecanismo que lo debe evaluar y le debe dar seguimiento.
Lo más importante de todo esto es que la situación de los derechos humanos en México no es algo que se resuelva por decreto. Sobre todo en un gobierno que no da muestras de darle a los derechos humanos el lugar que se merecen.