■ Desde julio pasado se aprobaron los cambios, señalan ONG
Otro retraso en publicación de nueva NOM sobre violencia contra la mujer
Desde el pasado julio quedó concluida la revisión del proyecto de norma oficial mexicana (NOM) 046 sobre la violencia familiar, sexual y contra las mujeres, por lo que acumula un nuevo retraso, sin justificación, de dos meses en su publicación y entrada en vigor, aunque desde que concluyó su revisión han pasado más de tres años.
Información de organizaciones civiles involucradas en la actualización de la NOM señala que el Comité Consultivo Nacional de Normalización y de Prevención y Control de Enfermedades, dependiente de la Secretaría de Salud (Ssa), aprobó el 21 de julio la versión final de la norma, una vez que se incluyeron los comentarios recibidos en el periodo de consulta pública del proyecto.
De esa manera, lo único que falta es la publicación en el Diario Oficial de la Federación de las respuestas a los comentarios y 15 días después, la difusión por el mismo medio, del texto final de la norma.
El pasado jueves, el secretario de Salud, José Ángel Córdova Villalobos, refrendó su compromiso de garantizar el respeto a los derechos humanos, sexuales y reproductivos de las mujeres y, sin embargo, dijo que el retraso en la publicación de la nueva NOM se debe a que todavía se están incorporando los comentarios de la ciudadanía al documento.
Durante su comparecencia en la Cámara de Diputados, y a pregunta expresa de la diputada del Partido de la Revolución Democrática (PRD) Holly Matus Toledo, respecto de la disposoción del gobierno de cumplir con los compromisos contraídos en convenios y declaraciones internacionales para erradicar la violencia contra la población femenina, Córdova Villalobos señaló: “si no estuviera dispuesto a cumplir no estaría aquí”.
Por supuesto que la NOM se va a publicar, nada más que termine la revisión de los más de 200 comentarios de los ciudadanos, subrayó.
La legisladora resaltó que el retraso acumulado en la actualización de la NOM suma más de mil 500 días, pues su revisión concluyó en 2005. El nuevo ordenamiento sustituirá a la NOM 190 para la prestación de servicios de salud y los criterios para la atención médica de la violencia familiar, que está vigente desde 1999.
Anticoncepción de emergencia
La NOM 046 establece los criterios que deben seguir los servicios de salud en la detección, prevención, atención médica y la orientación en materia de violencia familiar y sexual; principalmente, detalla la atención que se debe proporcionar a las mujeres víctimas de violencia sexual. Enfatiza la obligación del personal de Salud de proporcionar anticoncepción de emergencia o informarles sobre las alternativas para la interrupción legal del embarazo en los términos que determinen las leyes estatales.
Establece que es necesario brindar a las personas en situación de violencia familiar o sexual una atención con el enfoque de género, a fin de comprender de manera integral el problema; y define los criterios a seguir por el personal de salud para la notificación al Ministerio Público de los casos de violencia familiar o sexual.
La nueva NOM también plantea que los servicios médicos deben garantizar la promoción, protección y restauración de la salud física y mental de las víctimas a través de tratamiento, rehabilitación o referencia a instancias especializadas.