■ Podrían aprobarse a tiempo para ser utilizadas en los comicios de julio de 2009: Triana
Propone la ALDF tipificar como delitos el acarreo y otras prácticas electoreras
■ Compra de votos o desvío de recursos en favor de algún candidato, entre los actos a sancionar
El presidente de la Comisión de Asuntos Político Electorales de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), Jorge Triana Tena, propuso ayer reformas al Código Penal de esta ciudad para que se tipifiquen como delitos el acarreo de gente a actos proselitistas, recoger las credenciales de elector para lucrar con programas sociales, la entrega de dádivas a potenciales votantes, la negativa de candidatos y funcionarios de partido a rendir cuentas sobre gastos ordinarios o de campaña, y el desvío de recursos públicos en favor de un aspirante a un cargo directivo de un instituto político.
En conferencia de prensa, el legislador panista aseguró que es factible que estas reformas puedan ser dictaminadas y votadas ante el pleno de la ALDF para que se puedan aplicar en los comicios de julio de 2009, en que se renovarán diputados locales y 16 jefes delegacionales, pues son modificaciones de carácter estrictamente penal y no electorales.
Aseguró que es indispensable que la capital del país cuente con esas reformas –que quedaron pendientes tras la aprobación del nuevo Código Electoral del DF–, sobre todo cuando en la coyuntura actual se produce una “lluvia” de denuncias por presuntos actos anticipados de campaña, y contra los cuales no hay ningún tipo de sanción penal.
Incluso, Triana Tena hizo un llamado a los partidos políticos, incluido el PAN, para que se abstengan de incurrir en esas prácticas, y de manera específica a los aspirantes a cualquier cargo de elección popular les pidió que moderen el gasto que llevan a cabo y no incurran en violaciones al Código Electoral.
Al Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) le pidió que lo más pronto posible emita un catálogo de acciones en torno a lo que se puede hacer y lo que no se puede hacer antes, durante y después de un proceso interno y en una contienda de carácter constitucional en la ciudad de México.
Durante la sesión de preguntas y respuestas, Triana aseguró que con las facultades de sanción que tiene el IEDF se le está “sobresaturando” en su tarea, mientras siguen pendientes de resolver las sanciones de tipo penal contra actos “obscenos”, como el acarreo o la compra de votos, que, a pesar de su persistencia en la vida política de la ciudad de México, no están tipificados. “Por eso hay que entrarle a fondo.”
Citó el caso que se dio en los comicios de 2003, cuando contendieron por la delegación Miguel Hidalgo Fernando Aboitiz y Agustín Barrios Gómez, luego de lo cual el órgano electoral local confirmó que ambos habían rebasado los topes de campaña establecidos por ley. Siendo delito penal, se dio vista al Ministerio Público, pero a la fecha no se sabe qué pasó con esa investigación. “Con estas reformas –dijo– no hay pretexto para no aplicar la ley.”
Por lo que hace a las sanciones, Triana detalló que, por ejemplo, se impondrán de 6 meses a 3 años de prisión, y de 100 a 500 días (de salario mínimo) de multa, a quien induzca u oriente a uno o más electores respecto del sentido de su voto o la abstención de emitirlo, o bien haga proselitismo el día de la elección, o en alguno de los tres días anteriores a la misma.