■ Las sanciones se aplicarán a aquellas que no comprueben causales de no punibilidad
Cárcel o terapia obligatoria a las mujeres que aborten en Morelos
■ PAN, PRI, Convergencia y Nueva Alianza aprueban la reforma
■ Los médicos que se nieguen a interrumpir el embarazo, libres de responsabilidad
■ Es una penalización “disfrazada”: PRD
Ampliar la imagen Una de las protestas que se realizaron contra la ley antiaborto que ayer aprobó el Congreso de Morelos Foto: Jorge García Madrigal / La Jornada Morelos
Cuernavaca, Mor., 9 de diciembre. Resguardados por cientos de policías antimotines, los diputados locales aprobaron reformas al Código Penal de Morelos que mantienen las cinco causales por las que una mujer puede abortar sin ser sancionada, pero a quien no pueda comprobar ninguna de ellas se les impondrá una pena de cinco años de cárcel, que podría sustituirse por tratamiento médico o sicológico obligatorio.
El dictamen de reformas al artículo 117 del Código Penal fue presentado por la bancada panista para reforzar la modificación al artículo 2 de la Constitución local, aprobada el 11 de noviembre y refrendada hoy por los legisladores, la cual garantiza que todo ser humano tiene derecho a la vida desde su concepción hasta la muerte natural.
Este último trámite se hizo luego que 20 de los 33 ayuntamientos validaron dichas reformas, que entrarán en vigor en cuanto se publiquen en el diario oficial del estado.
En la sesión de este día, la policía impidió el paso a un centenar de mujeres que acudieron a protestar contra las reformas que “criminalizan el aborto”.
Con 22 votos de los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, Convergencia y Nueva Alianza, y la oposición del Partido del Partido de la Revolución Democrática (PRD), se aprobó cambiar el artículo 117 del Código Penal, el cual ahora dice: “Se propone atenuar la sanción punible, ya que, a pesar de que se fija una sanción de uno a cinco años de prisión, ésta podría sustituirse por tratamiento médico o sicológico a que se obligue la mujer”.
También se aprobó excluir de responsabilidad penal y obligación a los médicos que se nieguen a practicar el aborto.
El panista Jorge Toledo Bustamante argumentó que el dictamen “busca atenuar las sanciones en contra del aborto, con excepción de las cinco causales ya estipuladas: violación, malformaciones congénitas, inseminación artificial sin consentimiento, peligro de vida de la madre y del producto”.
El perredista Matías Quiroz Medina, cuya bancada votó en contra de “esta reforma trágica”, dijo: “Los panistas buscan cerrar todas la puertas para que la mujer en Morelos no pueda gozar de su derecho a decidir sobre su cuerpo y abortar, no se legalice el aborto en la entidad ni se discuta el derecho de morir dignamente”.
David Irazoque Trejo, también del PRD, reiteró que las reforma al Código Penal y al artículo 2 de la Constitución local impedirán que las mujeres aborten, aun cuando cumplan las causales que lo permiten.
Insistió en que que se busca “disfrazar la penalización del aborto en Morelos; además, el Código Penal no puede estar por encima de la Constitución local, que ahora garantiza la vida del ser humano desde la concepción”.
Patricia Bedolla Zamora, directora de la Academia Morelense de Derechos Humanos, lamentó que se ratificara la reforma al artículo segundo de la Constitución local, considerado “una ley contra el aborto”, y que se aprobaran los cambios al Código Penal.
Con estas modificaciones, “si aborto, soy una criminal o una loca, pues para que no sea punible la interrupción del embarazo la mujer tiene que recibir a fuerza atención sicológica”, aseguró.
Por otra parte, también se derogaron del Código Penal los artículos del 163 al 173, así como el 209 y el 210, lo que prácticamente despenaliza la difamación y el adulterio.