Usted está aquí: domingo 28 de diciembre de 2008 Capital Entran en vigor embargos para cobrar impuestos

Entran en vigor embargos para cobrar impuestos

Ángel Bolaños Sánchez

El jefe de Gobierno capitalino, Marcelo Ebrard Casaubon, publicará mañana en la Gaceta Oficial el decreto de reformas y adiciones al Código Financiero del Distrito Federal, que aprobó la Asamblea Legislativa el pasado 15 de diciembre, para el ejercicio fiscal de 2009 y en el que se establecen nuevas medidas que refuerzan las facultades coactivas de la administración central para hacer efectivo el cobro de impuestos y derechos en los casos de contribuyentes omisos en el pago de sus obligaciones.

Resalta el artículo 625 A, que permite al gobierno local aplicar el embargo precautorio sobre bienes del contribuyente “para asegurar el interés fiscal, tratándose de un crédito fiscal que no sea exigible, pero haya sido determinado por el contribuyente o por la autoridad en el ejercicio de sus facultades de comprobación, cuando a juicio de ésta exista el peligro inminente de que el obligado busque evadir su cumplimiento”.

El código advierte que los bienes embargados causarán abandono en favor del fisco local en los casos en que “habiendo sido enajenados o adjudicados los bienes al adquiriente no se retiren del lugar en que se encuentren, dentro de dos meses contados a partir de la fecha en que se pongan a su disposición, cuando el embargado efectúe el pago del crédito fiscal u obtenga resolución o sentencia favorable que ordene su devolución derivada de la interposición de algún medio de defensa antes de que se hubieran rematado los bienes y no los retire del lugar en que se encuentren dentro de dos meses contados a partir de la fecha en que se pongan a disposición del interesado”.

 
Compartir la nota:

Puede compartir la nota con otros lectores usando los servicios de del.icio.us, Fresqui y menéame, o puede conocer si existe algún blog que esté haciendo referencia a la misma a través de Technorati.