Usted está aquí: martes 3 de febrero de 2009 Estados Sanción mínima al Panal por coaccionar a maestros

■ El PRD potosino anuncia que irá al TEPJF

Sanción mínima al Panal por coaccionar a maestros

Edith Argüelles (Corresponsal)

San Luis Potosí, SLP, 2 de febrero. El Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac) dictaminó que un video que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) entregó como evidencia de que dirigentes del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) citaron a profesoras para afiliarlas al Partido Nueva Alianza (Panal) no es evidencia suficiente para retirar el registro y las prerrogativas a esa organización, por lo que sólo aplicará una multa de 100 días de salario mínimo a quienes promovieron ese acto.

Felipe Abel Rodríguez Leal, representante del PRD ante el Ceepac, anunció que llevará la queja ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) porque “es evidente” que el Partido Acción Nacional influyó en el consejo para minimizar la queja perredista.

Además, consideró injusto que Nueva Alianza reciba “a lo sucio” casi seis millones de pesos en prerrogativas para financiar sus campañas para las elecciones de 2009 –que renovarán gubernatura, Congreso y ayuntamientos de la entidad, así como diputaciones federales–, con la anuencia del Ceepac.

El Comité Directivo Estatal del PRD presentó en octubre pasado la queja por presunta afiliación irregular ante el Ceepac. Explicó que el primero de octubre se realizó en el auditorio de la sección 52 del SNTE, en esta capital, una reunión convocada por líderes magisteriales para afiliar al Panal a unas 500 maestras del estado.

Sostuvo que en ese acto estuvieron el secretario general de la sección 52, Arnulfo Hernández Rodríguez; el jefe de profesiones del estado, Rafael Turrubiates Macías, y Gonzalo Contreras Chávez, representante de Nueva Alianza. Según la denuncia, estas personas forzaron a las asistentes a afiliarse al Panal.

En la sesión del Ceepac realizada este lunes se determinó que se violaron el artículo 22 de la Ley Electoral del Estado, que estipula que un ciudadano es libre de afiliarse a cualquier partido, y el 247, que impide a sindicatos favorecer a partidos o candidatos con actos de afiliación colectiva.

 
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