Usted está aquí: viernes 6 de febrero de 2009 Economía Impugnará la Cámara de Diputados ante la Corte decreto que amplía facultades a la SCT

■ Legisladores de PRI y PRD: el Ejecutivo se extralimita y contraviene la ley sobre radio y tv

Impugnará la Cámara de Diputados ante la Corte decreto que amplía facultades a la SCT

■ Denuncian la invasión de esferas de competencia de la Comisión Federal de Comunicaciones

Roberto Garduño y Ciro Pérez

La Cámara de Diputados presentará ante la Corte una controversia constitucional contra la decisión de Felipe Calderón Hinojosa de firmar un decreto –el pasado 31 de diciembre– mediante el cual autoriza la aplicación del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, ya que el Ejecutivo federal se extralimitó al otorgar facultades al secretario del ramo contrarias al espíritu que animó al Poder Legislativo a expedir el marco jurídico vigente de la industria de radio y televisión.

De tal forma que el gobierno panista atribuye al secretario de Comunicaciones –en este caso a Luis Téllez– la capacidad de controlar a los medios de comunicación electrónicos (radio y televisión), por encima de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel).

Los grupos parlamentarios del PRI y PRD acordaron presentar la controversia constitucional para defender las facultades del Poder Legislativo y la voluntad que de él emane. Con el respaldo del presidente de la Cámara de Diputados, César Duarte Jáquez, quien firmó como responsable institucional, ambos partidos advierten de la ilegalidad en que habría incurrido Felipe Calderón.

En primer lugar, denuncian la invasión de esferas de competencia, “pues el Reglamento Interior –avalado por el Ejecutivo federal– le otorga nuevas facultades al secretario de Comunicaciones y Transportes, mismas que serían retiradas de facto a la Cofetel.

Así, el secretario de Comunicaciones podría otorgar las concesiones y permisos en materia de radiodifusión y resolver, en su caso, sobre su prórroga, refrendo o modificación, así como declarar administrativamente su caducidad, nulidad, rescisión o revocación; aprobar el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias, así como los programas sobre la ocupación de posiciones orbitales geoestacionarias y órbitas satelitales con sus correspondientes modalidades de uso y coberturas geográficas, que serán materia de licitación pública.

Aprobar los programas sobre bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para usos determinados y de concesionamiento de frecuencias de radiodifusión, así como declarar desiertos los procedimientos concesionarios previstos para el otorgamiento del uso, aprovechamiento o explotación de bandas de frecuencias para el servicio de radiodifusión; resolver respecto del cambio o rescate de frecuencias atribuidas a servicios de telecomunicaciones y radiodifusión; aprobar las tarifas de los servicios de telecomunicaciones cuando lo prevean los títulos de concesión y permisos correspondientes.

Frente a tal evidencia, la Cámara de Diputados señala a Felipe Calderón de violar dispuesto en el artículo 72, inciso F, de la Constitución porque el Reglamento para derogar lo dispuesto en la Ley Federal de Telecomunicaciones no siguió el procedimiento constitucional establecido; transgresión a lo dispuesto en el artículo 89, fracción primera de la Constitución porque los reglamentos no pueden ir más allá de las leyes aprobadas por el Congreso.

Además, los legisladores federales consideran violatorio del artículo 90 de la Constitución porque la legislación establece claramente cuál es la división del trabajo entre la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (la política pública y su vinculación con el Plan Nacional de Desarrollo) y la Cofetel (que es la instancia profesional y técnica y autónoma en la que se delega la aplicación de la ley).

El argumento de fondo considera que no fue intención del Congreso “establecer un sistema de competencias en el que la Cofetel compartiera una serie de atribuciones con otras áreas sustantivas de la secretaría como se pretende. Dicho sistema compartido de atribuciones, o mejor conocido en el medio como la doble ventanilla no responde además al modelo que se ha probado en la experiencia internacional…

“La publicación del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes sienta un grave precedente en la administración pública federal ya que el Presidente de la República estaría concentrando en el secretario del ramo y, por consecuencia en sí mismo, facultades que el Poder Legislativo le confirió a la Cofetel. De prosperar este acto, en el futuro, el Presidente de la República podría modificar el reglamento interior de la Secretaría de Economía, por ejemplo, para otorgarle al secretario del despacho atribuciones indelegables que la legislación le confiere a la Comisión Federal de Competencia, y si fuera el caso, en el extremo, el Presidente de la República estaría confiriéndose a sí mismo la atribución de determinar si hay o no condiciones de competencia efectiva en un mercado determinado”.

 
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