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Emite recomendación a Fernando Gómez Mont, Ulises Ruiz Ortiz y al edil de Oaxaca

Involucra la CNDH al Estado en la desaparición de dos activistas

Solicita la presentación con vida de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez

Funcionarios de diversas dependencias obstaculizaron y entorpecieron las indagatorias, acusa

 
Periódico La Jornada
Lunes 16 de febrero de 2009, p. 3

El presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), José Luis Soberanes Fernández, dirigió ayer la recomendación 7/2009 al secretario de Gobernación, Fernando Gómez Mont; al gobernador de Oaxaca, Ulises Ruiz Ortiz, y al edil de la capital oaxaqueña, José Antonio Hernández, solicitándoles la presentación con vida de los señores Edmundo Reyes Amaya –o Andrés Reyes Amaya– y Gabriel Alberto Cruz Sánchez –o Raymundo Rivera Bravo–, desaparecidos el 24 de mayo de 2007. Y acusa: Hay indicios suficientes en la investigación para determinar la responsabilidad que ahora se atribuye al Estado.

Sostiene el ombudsman nacional que las evidencias que se allegó la CNDH “permiten observar que funcionarios de diversas dependencias –incluido el Ejército Mexicano– participaron en el operativo efectuado el día 24 de mayo de 2007, en que desaparecieron las personas referidas, y se tiene certeza jurídica de que ambos fueron detenidos en esa operación y trasladados inicialmente a la Procuraduría General de Justicia de Oaxaca, entre el 24 y 25 de mayo de 2007, fechas en que nada se volvió a saber sobre su paradero”.

En la Recomendación 7/2009, que consta de 99 páginas, el titular de la CNDH dice: A pesar de las dificultades en la investigación, porque las autoridades obstaculizaron la indagatoria, la entorpecieron y mintieron, se logró llegar a evidencias que demostraron que el Estado mexicano, a través de la Procuraduría General de la República (PGR), por parte del gobierno federal; la entonces Secretaría de Protección Ciudadana, actualmente Secretaría de Seguridad Pública, y la Procuraduría General de Justicia, por parte del gobierno del estado de Oaxaca, así como la Dirección General de Seguridad Pública del municipio de Oaxaca de Juárez, por medio de los servidores públicos cuyos nombres se identifican en la recomendación, vulneraron a los agraviados Edmundo Reyes Amaya o Andrés Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez o Raymundo Rivera Bravo, sus derechos de libertad, integridad personal, legalidad, seguridad jurídica, acceso a la justicia, defensa y debido proceso.

Soberanes Fernández asevera que la falta de verdad y las contradicciones en los informes rendidos por las autoridades responsables, así como la falta de voluntad para colaborar con la CNDH en la investigación del presente caso, que se traducen en un entorpecimiento a las mismas para esclarecer la verdad de los hechos que propiciaron la detención y posterior desaparición de ambas personas, vinculadas con el conjunto de evidencias que se allegó esta institución, resultaron ser indicios suficientes para determinar la responsabilidad que ahora se le atribuye al Estado.

El ombudsman nacional añade que, como resultado de la investigación de la CNDH, se confirma que el Estado ha dejado de cumplir los compromisos adquiridos en el plano internacional en materia de derechos humanos, y es por ello que esta comisión insiste en la importancia de que éste dé a conocer, de manera inmediata, la verdad de los hechos que propiciaron la detención y posterior desaparición de los agraviados; sobre todo que dé a conocer la suerte final que corrieron los mismos o, en su caso, se les deje en completa libertad o incluso se les ponga a disposición de las autoridades, en el supuesto de que hayan incurrido en alguna conducta delictiva.

Soberanes resalta en la recomendación que en los archivos de la CNDH se tiene registrado un caso análogo o similar al presente, la investigación que realizó a 532 expedientes de queja de personas desaparecidas de manera forzada o involuntaria de la denominada guerra sucia. Con ello, abunda, ante la comunidad internacional México se encuentra dentro de los países que registran un mayor índice de desapariciones forzadas de personas pendientes de aclarar.

La investigación de la CNDH revela que en el operativo del 24 de mayo de 2007 participaron elementos del Ejército Mexicano, de la Dirección General de Seguridad Pública (entonces Secretaría de Protección Ciudadana), de la policía ministerial y de la Dirección General de Seguridad Pública del municipio de Oaxaca, y en él actuaron por lo menos 70 elementos durante 40 minutos, pero “al rendir sus informes –las policías– manejan distintas versiones sobre la operación y los resultados”.

La PGR, dice la comisión, entorpeció, dilató y no se apegó a la verdad de los datos remitidos. Por ejemplo, señala la CNDH, la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO) estuvo encaminada no sólo a entorpecer las investigaciones, sino a impedir por todos los medios posibles que se conociera, muy probablemente, que dentro de las actuaciones practicadas por la representación social de la Federación no ha sido llamado a declarar ninguno de los elementos militares ni de las procuradurías o de la Secretaría de Seguridad Pública.

La PGR, agrega, tampoco indagó que del 21 de mayo al 24 de septiembre de 2007 estuvo activo el teléfono de Edmundo Reyes Amaya. El informe de la compañía de servicios celulares reporta que en ese periodo se realizaron 19 llamadas a cuatro números telefónicos diferentes, uno de ellos fijo en la ciudad de México, cuyos datos de ubicación se precisan en la lista de claves y que corresponde al de una persona de origen israelí, y tres celulares con números telefónicos de la ciudad de Oaxaca, cuyas llamadas dan la ubicación de una radio de base de la ciudad de México.