Sociedad y Justicia
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Organizaciones sociales tenían razón en reclamar por los cambios al texto: subsecretario

Precisiones a la NOM 046 evitarán ambigüedades, asegura la Ssa

Se retoma el deber de dar anticoncepción de emergencia a violadas y garantizar aborto si lo piden

ONG analizarán la nueva versión; el procedimiento sienta un mal precedente, alertan

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Organizaciones demandan la publicación de la norma 046, en imagen de archivoFoto José Antonio López
 
Periódico La Jornada
Sábado 28 de febrero de 2009, p. 32

El Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades corrigió el proyecto de la norma oficial mexicana (NOM) 046 sobre violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Sustituyó podrán por deberán acerca de la obligación de las instituciones de salud de proporcionar anticoncepción de emergencia a las víctimas de violación y en caso de embarazo realizar abortos cuando lo soliciten las mujeres.

Mauricio Hernández Ávila, subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud y presidente del comité, reconoció que las organizaciones de la sociedad tenían razón en su reclamo, pues el texto aprobado el pasado 28 de enero carecía de una precisión clara en el lenguaje.

Rechazó que haya existido irregularidad alguna en el procedimiento para la aprobación del proyecto, en particular porque el mismo texto se haya sometido a la consideración de los integrantes del comité en tres ocasiones y con convocatorias que –según las agrupaciones civiles– fueron violatorias del reglamento de operación del comité.

Hernández explicó que el primer documento –de julio de 2008– fue analizado por el área jurídica de la Secretaría de Salud, a cargo de Bernardo Fernández del Castillo, quien hizo algunas observaciones que luego se plasmaron en el proyecto de NOM el 28 de enero.

La finalidad de estos cambios era no acotar mucho los servicios, aunque tenía la desventaja de que podría crear ambigüedades. Lo que hoy hicimos es dejar claro que no debe haber ambigüedades en este servicio, indicó en conferencia de prensa, al término de la sesión del Comité de Normalización.

La voz discordante

Comentó que la reunión se prolongó durante tres horas y en ella la única voz discordante fue la del representante de Provida, Jorge Serrano Limón, para quien fue un asco, una aplanadora en favor del aborto, dijo, y criticó al titular de la Secretaría de Salud (Ssa), José Ángel Córdova, porque se apanicó ante la presión de los organismos internacionales.

En tanto, para las organizaciones promotoras de los derechos sexuales y reproductivos, lo ocurrido con la NOM 046 sienta un muy mal precedente, y debido a que los funcionarios no reconocen que hubo irregularidades y violación de procedimientos es probable que conflictos como éste se repitan.

María Luisa Sánchez, directora del Grupo de Información en Reproducción Elegida, recordó que otras normas también deberán ser revisadas y, mientras se mantengan personas como el director jurídico de la Ssa, persistirá el riesgo de que insistan en modificar las políticas sanitarias para adecuarlas a sus creencias religiosas, aunque con ello se violenten los compromisos internacionales asumidos por México.

Respecto de las correcciones hechas al texto de la NOM 046, Sánchez mantuvo sus reservas hasta que las agrupaciones civiles puedan realizar un análisis integral del documento, porque eran varios los aspectos que requerían modificarse a fin de garantizar a las mujeres el ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos, indicó.

En la conferencia de prensa, el subsecretario se refirió a tres cambios hechos al proyecto de la NOM. El primero, que en caso de violación las instituciones de salud “deberán –de acuerdo con la NOM sobre planificación familiar– ofrecer de inmediato y hasta en un máximo de 120 horas después de ocurrido el evento (la violación), la anticoncepción de emergencia (AE), previa información completa sobre la utilización de este método”.

Se eliminó el párrafo que había sido introducido el 28 de enero, sobre informar a las mujeres de efectos colaterales de la AE. Hernández señaló que representaba una barrera para el acceso a este método anticonceptivo.

Otro cambio fue el relativo a los abortos en caso de embarazo por violación, los cuales se deberán realizar previa autorización de la autoridad competente, en los términos de la legislación aplicable. El texto del 28 de enero decía podrán prestar, aunque se mantiene la acotación que el procedimiento se efectuará a petición de la interesada, y en caso de ser menor de edad por requerimiento de sus padres o tutores.

Acerca de la objeción de conciencia, el nuevo proyecto establece que las instituciones de servicios deberán contar con médicos y enfermeras capacitados en procedimientos de aborto médico, no objetores de conciencia. También prevé que si en el momento de la solicitud de atención no se pudiera proporcionar el servicio de manera oportuna, se deberá transferir de inmediato a la usuaria a una unidad de salud que cuente con este tipo de personal y con infraestructura de atención a la calidad.

La última precisión comentada por el subsecretario se refiere a la vigilancia de aplicación de la NOM, que corresponderá a la Ssa y a los gobiernos de los estados.

Enseguida, Hernández aseguró que la redacción del nuevo texto es mucho mejor que el de julio de 2008, el cual tenía problemas que se corrigieron en la última versión.