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Las autoridades no respetaron el debido proceso, dice la SCJN

Tras 3 años encarcelada, ordenan liberar a tzotzil a la que le violaron sus derechos
 
Periódico La Jornada
Jueves 7 de mayo de 2009, p. 17

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó ayer a la indígena tzotzil Sebastiana Gómez Gómez y ordenó su inmediata libertad en razón de que el Estado mexicano no cumplió con su obligación de designarle un defensor e intérprete que hablara la lengua de la acusada y a que pasó casi 3 años en prisión sin que le fuera dictada sentencia.

Gómez Gómez fue sentenciada en primera instancia a 14 años de prisión, acusada de transportar cocaína, y luego de una serie de procesos legales, el máximo tribunal consideró que fueron violadas sus garantías constitucionales y lo indicado en el artículo 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que obliga a los gobiernos a garantizar que los miembros de los pueblos indígenas puedan comprender y hacerse entender en los procedimientos legales en que estén involucrados.

Con la sentencia, la SCJN ratificó el derecho de los indígenas a ser defendidos legalmente en su lengua natal, independientemente de que hablen español, así como la obligación del Estado de garantizar la existencia de defensores públicos bilingües.

El año pasado, el máximo tribunal ejerció su facultad de atracción para conocer este amparo, en el que la acusada contó –en etapas posteriores del proceso en su contra– con la asesoría legal del defensor público Santos Sánchez Altunar, quien inicialmente pidió la intervención de la SCJN, pero al no estar legitimado para hacerlo, el ministro Sergio Valls retomó la petición.

La primera sala de la Suprema Corte subraya en la sentencia, elaborada por Olga Sánchez Cordero, que inde- pendientemente de que la acusada fuera bilingüe, tanto el Ministerio Público como el juzgado de distrito con sede en Chiapas, tenían la obligación de facilitarle un defensor que hablara su lengua y que además conociera sus usos y costumbres, y no únicamente un traductor como aconteció.

Lo anterior se tradujo en una violación del debido proceso, ya que no se cumplió con la garantía constitucional de que la detenida contara con una defensa adecuada, ante lo cual, los ministros resolvieron conceder el amparo solicitado.

Además, la indígena tenía más de 3 años en prisión, lo que excedía con mucho lo consagrado en la Constitución, de que la justicia debe ser pronta y expedita.

En la sentencia, los ministros determinaron su inmediata libertad por lo que respecta al delito que se le imputa, aunque el juez de la causa tendrá antes que verificar que no exista alguna otra acción legal en su contra que la obligue a permanecer en prisión.

Gómez Gómez fue detenida en un retén de revisión en la frontera de Chiapas y Guatemala, cuando pretendía introducir como burrera unos kilogramos de droga al país, a petición de una persona que le pidió pasar un paquete a México a cambio de un pago en efectivo.

Ella alegó durante el juicio que no conocía el contenido del paquete y que no había violado ninguno de los usos y costumbres de su comunidad.