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Establece que el precio único tendrá vigencia de 18 meses

Entregó la SEP a la Cofemer, para su revisión, reglamento de la ley del libro
 
Periódico La Jornada
Lunes 29 de junio de 2009, p. 7

El precio único del libro tendrá vigencia de 18 meses, contados a partir de la fecha de edición o importación de la obra, según consta en el anteproyecto de reglamento de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, el cual fue turnado apenas este fin de semana para su revisión a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer).

Entre otros aspectos, el reglamento propuesto por la Secretaría de Educación Pública (SEP) enfatiza la labor que deberá realizar el Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura, y plantea que el precio único regirá en todos los lugares en donde se realice la venta de libros, sean espacios físicos, virtuales o digitales, independientemente del método o procedimiento mediante el cual se efectúe su comercialización.

El presidente Felipe Calderón deberá firmar este ordenamiento, el cual afirma que se respeta el derecho de los editores e importadores para fijar libremente el precio único de venta al público de cada libro que editen o importen, y establece el procedimiento para realizar su registro.

Antes de que los volúmenes sean vendidos al público deberán estar registrados por su editor o importador ante el consejo antes mencionado, que estará integrado por todas las instancias públicas, sociales y privadas vinculadas al libro y la lectura. La participación de los miembros de ese consejo es a título honorario.

Los editores e importadores únicamente podrán comercializar libros en territorio nacional a partir de la fecha en que el consejo inscriba su precio único de venta al público en el registro, la cual quedará sujeta también en lo previsto por la Ley Federal de Protección al Consumidor.

El anteproyecto también menciona que el Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura será el que opere y administre el registro, actualizando periódicamente la base de datos con por lo menos dos apartados: libros nacionales y libros importados.

Se aclara: Ningún libro que se encuentre bajo el régimen de precio único de venta al público podrá ser objeto de dispositivos que ofrezcan beneficios al comprador, tales como programas de fidelidad, cliente frecuente o similares que provean descuentos, regalos, puntos, bonificaciones o compensaciones de cualquier índole, absorción de gastos de envío o cualquier otro que implique un descuento sobre dicho costo.

La Ley de Fomento para la Lectura y el Libro fue aprobada por el Congreso de la Unión el 30 de abril de 2008, y entró en vigor el 25 de julio de ese año, pero hasta la fecha no hay reglamento.

El pasado 21 de abril, el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes anunció que por fin se entregó a la SEP un anteproyecto para que comenzaran los trámites burocráticos hacia la aprobación de ese ordenamiento.

Entonces, el presidente de la Cámara Nacional de la Industria Editorial Mexicana (Caniem) Juan Luis Arzoz Arbide, pronosticó que la espera para la entrada en vigor del reglamento sería larga y tediosa. La SEP se tardó más de dos meses en enviar el documento a la Cofemer.

El reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, según se prevé, en tres meses.