Sábado 15 de agosto de 2009, p. 28
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que son constitucionales las reformas que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) realizó al Código Civil para que el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia capitalino (DIF-DF), sea el beneficiario en aquellos juicios sucesorios de bienes inmuebles en los que no existan herederos. De esta manera, la primera sala de la SCJN dictó sentencia en torno al amparo promovido hace tres años por el Patrimonio de la Beneficencia Pública, adscrito a la Secretaría de Salud federal, en el que argumenta que se violaba su derecho a ser declarada heredera universal de las sucesiones intestamentarias y que la ALDF no había justificado debidamente el cambio en dicha normatividad.