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La apreciación del ministro abarca a agentes del MP y jueces; pueden ser procesados

Deben actuar PGR y CJF contra los que validaron investigación en Acteal: Cossío

En el máximo tribunal tenemos la idea de que ningún confeso ha sido liberado, expresa

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Un instante de la cotidianidad en Acteal, captado el lunes pasado, cuando Alberto Brunori, representante en México de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, visitó el poblado chiapaneco a invitación de la organización civil Las AbejasFoto Moysés Zúñiga Santiago
 
Periódico La Jornada
Miércoles 19 de agosto de 2009, p. 10

Ante el hecho notorio de que en el caso Acteal un número de pruebas fueron recabadas ilícitamente y que en los procesos penales hubo irregularidades importantes, los órganos disciplinarios de la Procuraduría General de la República (PGR) y del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) deben iniciar procedimientos administrativos contra los agentes del Ministerio Público y jueces que avalaron las investigaciones, sostuvo José Ramón Cossío Díaz, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

En entrevista con este diario, Cossío añadió que hay necesidad social y existen los elementos legales para abrir procesos de investigación, y en su caso, de responsabilidad o sanción en contra de los funcionarios referidos. Eso nadie lo puede discutir.

Preguntado en sus oficinas sobre los señalamientos que se han emitido respecto de que el máximo tribunal liberó el pasado 12 de agosto a asesinos confesos, respondió:

“Nosotros tenemos la idea de que ningún confeso ha sido liberado. El nombre que se señaló en algunos medios era el de Lorenzo Pérez Vázquez, quien es una de las personas que en el expediente apareció como confeso, pero en realidad se liberó a Lorenzo Ruiz Vázquez, quien no estaba confeso.

“¿Qué se dijo respecto de los confesos? Que el expediente tenía que regresar para el que tribunal unitario, con las pruebas que nosotros dejamos válidas, determine la culpabilidad o la inocencia de estas personas. La Corte, en este caso, no realizó un análisis de culpabilidad o inocencia.

“¿Por qué liberamos a algunas personas (20) en la primera sala? Porque las violaciones procesales que se dieron fueron tan graves e involucraron a la totalidad de las pruebas, que no quedaba ningún material probatorio para que pudieran ser juzgadas por el tribunal unitario en condiciones de culpabilidad o inocencia.

“Sin embargo, en otros casos, como el de los confesos, anulamos algunas pruebas, pero dejamos algunas otras válidas, porque fueron recabadas legalmente. Consecuentemente, en este caso, los expedientes de las personas confesas y en los casos pendientes de resolver por la sala (28) acontecerá algo semejante, simplemente por identidad en las resoluciones, para que el tribunal unitario, con los elementos probatorios válidos, determine la culpabilidad o la inocencia de las personas.

–En un caso histórico, en el que la Corte determinó que se fabricaron pruebas, hay agentes del Ministerio Público y jueces que valoraron estas mismas pruebas y las dejaron pasar. ¿Hay lugar para fincar alguna responsabilidad a estos funcionarios?

–En este caso, las respectivas instancias, la Procuraduría General de la República y el Consejo de la Judicatura Federal, están en posibilidades de abrir procesos de investigación respecto de estas personas. A la SCJN no le corresponde determinar la responsabilidad de estas personas ni convertirse en jueces por estos casos, pero siendo un hecho notorio que la sentencia de la Corte determina que un número importante de pruebas fueron recabadas ilícitamente y que en los procesos hubo irregularidades importantes, me parece que los órganos disciplinarios de la PGR y del CJF debieran iniciar los procedimientos correspondientes previstos en la ley.

Cualquiera de las dos instancias está en posibilidad de iniciar averiguaciones. De que hay la necesidad social, por un lado, y, por otro, que existen elementos legales para abrir procesos de investigación, y en su caso, de responsabilidad o sanción, eso nadie lo puede discutir.

–¿En cuanto a la demanda de que se abra otra investigación?

–Hablar sobre esto me llevaría a prejuzgar sobre el tema. Y como no sé si el asunto en el futuro pudiera llegar de nuevo a la Corte, no podría prejuzgar al respecto.