Estudian en el pleno punto de acuerdo para evitar al máximo el uso de la fuerza letal
Miércoles 28 de octubre de 2009, p. 16
El legislador Pablo Escudero, presidente de la Comisión de la Función Pública de la Cámara de Diputados, presentó ante pleno un punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) a hacer uso proporcional de la fuerza
en los puestos de revisión y control militar instalados en las distintas carreteras del país, y evitar así el uso de fuerza letal
indiscriminada en contra de cualquier persona que se niegue a detenerse.
Sin mencionar incidentes específicos, en la exposición de motivos de la propuesta se hace hincapié en que en el curso de la llamada guerra contra el narcotráfico
emprendida por el gobierno federal se han suscitado una serie de hechos lamentables en contra de la población civil, en muchos casos amenazada por las estrictas medidas imperantes en los retenes carreteros.
Por desgracia en épocas recientes se han dado una serie de hechos fatídicos en los que se han visto involucrados niños, madres, jóvenes, trabajadores, personas inocentes y elementos del Ejército
.
Escudero Morales indica que en los puntos de control militar la mayoría de las personas que se revisan no son delincuentes, por lo que no se justifica el uso de fuerza letal indiscriminada contra ellas.
Lo principal es destacar que en el mundo existen protocolos para el uso de la fuerza, en etapas y grados de actuación reconocidos y ampliamente aceptados
.
Dichos protocolos precisan cuatro situaciones por las cuales se justifica el uso de la fuerza: cuando es en legítima defensa, para hacer cumplir la ley, para salvaguardar un bien jurídico o en ejercicio de un derecho siempre que exista una necesidad racional.
Sin embargo, el recurso a la violencia legítima debe estar regido por el principio de proporcionalidad, de acuerdo con las circunstancias en las que ocurre el presunto peligro para los militares. Hay cinco niveles distintos para el uso de la fuerza: presencia disuasiva, persuasión verbal, reducción física de movimientos, utilización de fuerza no letal y uso de fuerza letal.
El punto de acuerdo exhorta a la Sedena a hacer uso de la fuerza letal únicamente en dos casos: en respuesta a una agresión armada que represente peligro inminente de lesiones graves o muerte para los soldados en los retenes, y cuando el sospechoso intente impactar con su vehículo al personal militar.
Se propone desautorizar a los miembros del Ejército el uso de armas letales contra vehículos o personas que huyan o traten de huir de una inspección de carácter administrativo
, ya sea en puestos de control, cruces fronterizos, casetas de cobro, entre otros.
En esos casos, el personal de la Sedena deberá avocarse a realizar la persecución física de los sospechosos
, echando mano de instrumentos no letales como armamento incapacitante temporal, trampas, barricadas movibles y clavos para explosión de neumáticos.