Considera improcedente declararla información reservada
Jueves 19 de noviembre de 2009, p. 16
El pleno del Instituto Federal del Acceso a la Información Pública (IFAI) ordenó a la Procuraduría General de la República (PGR) que entregue la averiguación 109/A1/98/B, relacionada con la masacre del 7 de junio de 1998, en la comunidad de El Charco, municipio de Ayutla de los Libres, Guerrero.
De acuerdo con diversas jurisprudencias, el IFAI determinó que reservar la información por 12 años, como hizo la PGR, podría generar un daño mayor por tratarse de un caso donde hubo violaciones graves a los derechos fundamentales y delitos de lesa humanidad.
Así lo determinó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos –máxima autoridad en la materia– en la recomendación 020/2000, en cuyo análisis se concluye que se acreditaron actos violatorios por parte de distintas autoridades
, dijo el comisionado ponente del recurso 3804/09, José Trinidad Zaldívar.
Para fundamentar la desclasificación, precisó que el último párrafo del artículo 14 de la Ley Federal de Transparencia es muy claro al señalar que no puede invocarse el carácter de reservado cuando se trate de una indagatoria que involucre violaciones graves a los derechos humanos o de lesa humanidad
.
En la comunidad de El Charco, 11 personas fueron asesinadas cuando dormían en la escuela Caritino Maldonado, luego de haber participado en una reunión sobre proyectos productivos. Entre los asesinados por elementos del Ejército Mexicano y policías estatales estaba un estudiante de la UNAM y, según el Ejército Revolucionario del Pueblo Insurgente, cuatro eran integrantes de esa organización.
Trinidad indicó que en la resolución de ese caso cabe la interpretación, y no se puede aplicar lo dispuesto en el artículo 16 del Código Federal de Procedimientos Penales, el cual niega la entrega de averiguaciones que realice la PGR, incluso las concluidas.
Aunque la comisionada Jacqueline Peschard dijo avalar la apertura de la indagatoria, porque hay un interés público superior
, pidió a Trinidad distinguir
que la averiguación requerida a la PGR no tiene que ver con las violaciones graves a los derechos humanos, porque se inició a partir de que estas personas (los indígenas y comuneros) fueron aprehendidas por los (presuntos) delitos de terrorismo, portación ilegal de armas de fuego (asunto por el cual fueron consignados) y conspiración
.
El caso de El Charco, respondió Trinidad, lo interpreto como lo hizo la CNDH. La averiguación previa se origina en una detención que se hace en un acto que ha sido calificado por la CNDH como violatorio de las garantías individuales, y eso es lo que da origen a la averiguación
.
Destacó que por tratarse de un asunto donde cabía la interpretación, él se apegaba a la resolución de la CNDH. Finalmente, el recurso fue aprobado por unanimidad del pleno.