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Carece de facultad constitucional para indagar delitos en general, señala

Rechaza la Corte atraer caso del asesinato del cardenal Posadas
 
Periódico La Jornada
Miércoles 21 de abril de 2010, p. 19

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó este martes la solicitud del gobernador de Jalisco, Emilio González Márquez, para que investigara el homicidio del cardenal Juan Jesús Posadas Ocampo, ocurrido hace dos décadas en aquella entidad.

Por unanimidad de votos, la Corte consideró que no existen los elementos normativos necesarios para que ejerza la facultad de investigación prevista en el artículo 97 de la Constitución, debido a que éste no la faculta para investigar delitos en general, sino sólo grave violación de garantías individuales.

El ministro José Ramón Cossío expuso que la pretensión del gobernador de Jalisco era que el máximo tribunal constituyera una especie de comisión de la verdad para indagar –a la par de las pesquisas que aún realizan las autoridades ministeriales– lo ocurrido el 23 de mayo de 1993 en el aeropuerto internacional de Guadalajara, cuando un comando armado ejecutó al jerarca católico.

Encuentro muy difícil que mediante este tipo de solicitudes la Suprema Corte, o las partes designadas por ella, constituyan una comisión de la verdad para tratar de esclarecer, como dice reiteradamente la solicitud del gobernador, la verdad de los hechos ocurridos en la ciudad de Guadalajara, expuso Cossío ante sus compañeros ministros.