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Quedará prohibido utilizar productos médicos sin tener autorización, informan

Regulará la ALDF funcionamiento de centros de belleza y de control de peso

El personal que labore en gimnasios deberá estar acreditado y no podrán dar tratamientos

 
Periódico La Jornada
Domingo 20 de junio de 2010, p. 43

Ante la proliferación de negocios que han aprovechado el auge en la demanda de procedimientos estéticos, y que no cuentan con el personal capacitado, la Asamblea Legislativa regulará la operación de clínicas médicas de belleza, centros de mesoterapia y similares en el Distrito Federal.

De acuerdo con el proyecto de dictamen que será sometido para su aprobación en la Comisión de Salud y Asistencia Social el próximo jueves quedará prohibido utilizar productos de belleza o similares no permitidos por las autoridades competentes, así como la práctica de métodos de embellecimiento que representen un riesgo para la salud humana, en los establecimientos que no cuentan con la licencia respectiva.

Cifras incluidas en el texto refieren que en el Distrito Federal, tan sólo en el Hospital General de México, se reciben en promedio 500 casos anuales por complicaciones en procedimientos estéticos, la mayoría de ellos con daños irreversibles, de pacientes que fueron atendidos en este tipo de negocios.

Esta situación se origina, según reportes del IMSS, en que las supuestas clínicas no cuentan con personal especializado, sino que se trata de cosmetólogos que practican desde la inyección del bótox o rellenos de diferentes tipos, inclusive aceite de bebé o automotriz, hasta liposucciones y cirugías sin bisturí.

El proyecto de decreto, que propone reformas y adiciones a la ley de Salud del Distrito Federal a los artículos 103, 107, 142, 197, 198, señala que los tratamientos enmarcados en el área de medicina estética son aquellas terapias médicas y cosméticas tendientes a mejorar la apariencia, la salud y la autoestima del paciente.

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En las clínicas de belleza sólo podrá laborar personal autorizado por instancias sanitarias oficialesFoto La Jornada

Estos tratamientos deberán efectuarse en establecimientos o unidades médicas con licencia sanitaria vigente sujetándose, además, a lo que señale la Ley General de Salud en la materia, y quedará prohibida su realización a toda persona que no cuente con un título de médico cirujano expedido por las instituciones de enseñanza superior o las instituciones de salud reconocidas oficialmente.

También quedará prohibida la aparatología, las infiltraciones o implantaciones de sustancias relacionadas con cambiar o corregir el contorno o forma de diferentes zonas o regiones de la cara y del cuerpo humano que requieran de intervención médica.

Las reformas obligarán, incluso, a que los establecimientos cubiertos y descubiertos dedicados al fisicoculturismo, a ejercicios aeróbicos y deportes en general, se acrediten ante la agencia sanitaria para su funcionamiento, y que sus instructores y profesores tengan la preparación técnica o profesional reconocida por alguna institución autorizada por el sistema educativo nacional.

En sus instalaciones deberán acreditar los requisitos sanitarios señalados y en ellas no se podrá permitir la venta, difusión o promoción de productos, sustancias o procedimientos no autorizados ni registrados ante las autoridades sanitarias competentes.