En el caso Cananea aún no se puede sustituir a obreros, aclara
Martes 29 de junio de 2010, p. 14
La petición de amparo del sindicato minero en contra de la terminación de las relaciones laborales en Cananea tiene como finalidad frenar dicha acción, que consideran ilegal, y que Grupo México no pueda sustituir a los trabajadores huelguistas, ya que ello violaría el artículo quinto constitucional y el cuarto de la Ley Federal del Trabajo, informó el gremio.
Indicó que la demanda de amparo se radicó en el juzgado quinto de distrito en materia del trabajo del Distrito Federal, cuyo titular se declaró incompetente
y ordenó enviar el expediente al juzgado de distrito de Agua Prieta, Sonora, argumentando que la decisión de la Junta Federal Conciliación y Arbitraje (JFCA), de dar por terminada la huelga, tendría que ejecutarse en Cananea, lo que es absurdo, ya que ese acuerdo se dictó en la capital.
Para esta organización, el juez quinto de distrito está siguiendo una consigna de un sector del Poder Judicial de la Federación que se ha puesto al servicio incondicional de Grupo México y del gobierno federal
.
Recordó que ese mismo juzgado confirmó en dos ocasiones los amparos otorgados al sindicato para que se declarara existente la huelga de Cananea.
Desgraciadamente, el juzgado cambió de titular y es obvio que el juez que ahora lo preside no tiene la calidad moral de quien lo antecedió y actúa como juez de consigna
, indicó, y sostuvo que esta organización dará seguimiento al juicio de amparo, sea en el Distrito Federal o en Sonora.
Explicó que es ilegal que se trate de sustituir a los huelguistas en el trabajo que desempeñan, sin haberse resuelto el conflicto motivo de la huelga, y que no hay manera de negar el amparo al sindicato sin pasar por encima de la Constitución y la ley en la materia.