Sábado 14 de agosto de 2010, p. 28
Oaxaca, Oax., 13 de agosto. Por 38 votos en favor y cuatro abstenciones, el Congreso estatal aprobó el procedimiento por el cual el Ministerio Publico (MP) debe autorizar el aborto a víctimas de violación y le obliga a notificar en máximo 72 horas a la Secretaria de Salud la autorización para que ésta realice la intervención quirúrgica, informó la diputada perredista Guadalupe Ramírez.
El dictamen, que entrará en vigor 30 días después de publicada en el Periódico Oficial del Estado, reforma un párrafo del artículo 60 del Código de Procedimientos Penales, según el cual la atención médica de las mujeres que soliciten la práctica de un aborto por violación “se hará en los hospitales del sistema público de salud.
Se agregan los artículos 61 bis y 62 bis que ordenan que las instituciones de salud deberán contar con personal no objetor de conciencia
y el MP resolverá lo procedente
en un término de 72 horas a partir de que la mujer presente la solicitud de abortar, tras interponer una denuncia penal y que haya elementos que permitan acreditar que el embarazo es producto de una violación.
Obliga a las instituciones de salud a practicar sin demora
los exámenes que comprueben la existencia del embarazo y explicar a la mujer los procedimientos, riesgos, consecuencias y efectos del aborto, información que deberá ser proporcionada en formas oportuna y no tener como objetivo inducir o retrasar la decisión de la mujer
.
Esta iniciativa había sido presentada desde 2004 por la organización no gubernamental Consorcio para el Diálogo Parlamentario, encabezada por Ana María Hernández.