La multa es de 120 minisalarios y yo la voy a pagar: Sánchez Henkel
La ley no obliga a suspender la licitación, señala el responsable del área jurídica
Sábado 21 de agosto de 2010, p. 27
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) no acatará la medida cautelar dictada por un juez de Acapulco porque no la obliga a suspender la licitación de espectro en la banda de 1.7 gigahertz (Ghz) ni la entrega de títulos de concesión, y yo voy a pagar de mi pecunio los 120 días de salario mínimo a que asciende la multa
, aseguró el director Jurídico de la dependencia, Gerardo Sánchez Henkel.
El abogado explicó que tiene dos sentencias de amparo que le ordenan entregar los títulos de concesión a Televisa-Nextel, Telcel y Telefónica, lo que se hará en cuanto el titular de la SCT, Juan Molinar Horcasitas, termine de revisar los expedientes, porque no vamos a firmar a ciegas
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La notificación de medida cautelar otorgada hace más de un mes a las empresas de Grupo Salinas por fin llegó al área jurídica de la dependencia federal, y ocurrió un día después de que la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) también fuera avisada.
En el caso de la Cofetel, el fallo y la emisión de la opinión favorable sobre la licitación 21 es un hecho consumado
, por lo que la medida cautelar no tiene ningún efecto, explicó Sánchez Henkel, ya que el regulador envió su resolución a la SCT el jueves por la mañana y la notificación llegó alrededor de las 15:05 horas.
La SCT también recibió la notificación del juzgado de Acapulco, pero ya se acabó la discusión, no hay nada de qué preocuparse; no la voy a obedecer porque la consecuencia legal de esta medida es una multa de 120 días de salario mínimo vigente
, insistió Sánchez Henkel.
Dijo que no es obligatorio cumplir con la medida cautelar, y que son el juez y la empresa que promovió la solicitud los que afirman que hay que suspender el proceso y no entregar los títulos, pero no lo dicen ni la ley ni la jurisprudencia, ni la propia resolución
En cambio, el abogado sí va a acatar dos sentencias de amparo que lo obligan a continuar con el proceso de licitación y entregar los títulos de concesión. En en el amparo 127 del 2010, el décimosexto tribunal colegiado en materia administrativa resolvió negar la suspensión definitiva y en la sentencia ordena que el proceso de licitación 21 continúe hasta el final.
En el juicio de amparo promovido por Unefón ante el juzgado sexto de distrito, la sentencia indica que al no advertirse la inconstitucionalidad de los actos reclamados debe negarse la suspensión definitiva respecto de la solicitud de que la responsable (SCT) se abstenga de emitir el fallo correspondiente y de que formalice los títulos de concesión que amparen el uso de las frecuencias del espectro radioeléctrico, dado que al contravenir ese procedimiento se contravendrían disposiciones del orden público y se afectaría el interés social
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Con estas sentencias en la mano, Sánchez Henkel dijo que la SCT va a cumplir con la Ley Federal de Telecomunicaciones y el proceso de licitación no se va a interrumpir: si corro el riesgo de que me impongan una multa de 120 días de salario mínimo, la pago yo de mis recursos, porque no voy a enfrentar una responsabilidad penal al abstenerme de cumplir con una obligación que impone la ley; ese si es delito
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