Puede alterarse la equidad en 2012, dice; la queja proviene de AN
Tres magistrados electorales calificaron la decisión de discriminatoria
Jueves 30 de septiembre de 2010, p. 7
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Federal Electoral (IFE) retirar en 24 horas los promocionales del Partido del Trabajo (PT), donde aparece Andrés Manuel López Obrador refiriéndose a un decálogo que resume su proyecto alternativo de nación.
El motivo es la presunción de que dichos mensajes pueden alterar la equidad de la elección de 2012, por lo que el instituto deberá resolver la queja panista al respecto, pero ya con los anuncios fuera del aire.
Fue un largo debate en el que los tres magistrados que estuvieron en contra acusaron a la mayoría de adoptar criterios discriminatorios
en contra de López Obrador, tan sólo porque se presume que puede seguir teniendo aspiraciones de contender, según cuestionó el magistrado Salvador Nava, quien presentó el proyecto original en el que desestimaba la queja del Partido Acción Nacional (PAN) contra el IFE por no haber adoptado medidas cautelares.
El recurso panista se promovió tras el mensaje original en el que López Obrador convocaba a participar en el mitin que encabezaría, y en el que asumiría su intención de participar en las elecciones de 2012. Posteriormente, Acción Nacional amplió la queja a otros tres promocionales, uno de los cuales sigue transmitiéndose, pero el IFE desechó la solicitud para que se adoptaran medidas cautelares.
María del Carmen Alanís, Flavio Galván, Pedro Penagos y Alejandro Luna fueron los cuatro magistrados que se manifestaron por revocar la decisión del IFE y ordenarle aplicar medidas cautelares hasta en tanto resuelve de fondo la queja sobre el posible impacto en la equidad de la contienda electoral a realizarse en 2012.
Galván Rivera dijo que si bien estaba el derecho a la libertad de expresión, está enfrentado al interés público en materia electoral y por tanto debe ceder. Que haya o no esta infracción (impacto en la equidad), eso dependerá de lo que el IFE resuelva de fondo, consideró.
Para el magistrado Manuel González Oropeza no había elementos que acreditaran que se estaba afectando la equidad, por lo que se pronuncio en contra retirar del aire el promocional sobre un programa de gobierno de un partido a través de una figura pública, con el argumento de presuntas violaciones a disposiciones electorales.
Así empezaron los gobiernos fascistas (diciendo) que el abuso de la libertad podía generar muchísimos peligros; entonces eliminemos la libertad
, dijo el magistrado.
En contraparte, la magistrada presidenta del TEPJF, María del Carmen Alanís, señaló que la resolución sobre medidas cautelares no prejuzgaba el fondo del asunto; aludió a las disposiciones legales que pretenden la no afectación de la equidad de la contienda, limitando la promoción de alguien que pudiera estarse posicionando rumbo a las elecciones. En su momento, el IFE definirá si hay actos anticipados de campaña, concluyó.
A su vez, Luna Ramos introdujo un argumento ajeno a lo que históricamente ha reivindicado el tribunal electoral y dijo que para la adopción de medidas cautelares no se requiere de prueba plena, pues eso será cuando el IFE resuelva el fondo del asunto.
Nava reviró estas posiciones cuestionando que quienes promovían la suspensión de los promocionales lo hacían con argumentos que aluden al fondo del asunto, lo cual sobrepasaba el debate sobre eventuales medidas cautelares.
El magistrado electoral concluyó que del análisis de los promocionales en donde se habla de rencauzar la economía, democratizar los medios de comunicación, combatir las prácticas monopólicas o aplicar una austeridad republicana, no se desprendía una afectación a la equidad ni violaciones al artículo 134 constitucional, porque Andrés Manuel López Obrador no es funcionario público.