Documenta anomalías en la licitación 21 en texto enviado a una comisión del Congreso
Cuestiona la actuación de los titulares de SCT, Cofetel y Comisión Federal de Competencia
Domingo 3 de octubre de 2010, p. 25
La sorpresiva y urgente entrega de los títulos de concesión derivados de la licitación número 21 sobre la banda de frecuencias del espectro radioeléctrico a la telefónica Nextel (de la cual Televisa es accionista) acarreará daños a las finanzas públicas por un monto de 4 mil 887 millones de pesos, sostuvo el presidente de la Comisión de Gobernación en la Cámara de Diputados, Javier Corral Jurado (PAN). Tal hecho es constitutivo de juicio político contra el secretario de Comunicaciones y Transportes, Juan Molinar, y los responsables de la Cofetel y la Comisión Federal de Compentencia, por el delito de uso indebido de atribuciones y facultades.
El legislador elaboró un memorándum que remitió a la Comisión de Comunicaciones en San Lázaro con objeto de documentar las anomalías e ilegalidades del proceso.
El golpe a las finanzas por 4 mil 887 millones de pesos se deriva de lo pagado inicialmente por Televisa-Nextel (180 millones) y el resto de los operadores que erogaron 5 mil 67 millones por la misma cantidad y características de espectro.
La exposición del diputado reconoce que si bien se ha insistido que el pago de derechos anuales representa el componente más importante del costo total del espectro (97 por ciento del total de los recursos), y que el precio de reserva (que es el valor mínimo ofrecido en las posturas) es apenas de 3 por ciento, lo cierto es que se minimizan los ingresos por el resultado final de la subasta cuya aportación pudo ser aún mayor de haberse permitido una real competencia por los dos bloques de 30 megahercios a nivel nacional
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Inequidad
De tal forma el criterio inequitativo con la que se diseñaron las bases y las diferencias sustanciales en las contraprestaciones iniciales llevan el análisis de Corral a concluir que los integrantes de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) y la Comisión Federal de Competencia (CFC), así como Juan Molinar, secretario de Comunicaciones y Transportes, podrían ser responsables de diversos actos (por comisión y omisión), violatorios de diversas disposiciones constitucionales y legales.
En el caso de la Secretaría de la Función Pública podría actuar contra los comisionados de la Cofetel porque omitieron resguardar los principios de legalidad. Le dieron continuidad al proceso de la licitación 21, cuando estaban en posibilidades de modificar las bases respectivas al momento de advertir que no habría puja en la parte correspondiente al bloque nacional de 30 megahercios. No buscaron las mejores condiciones para el Estado al omitir establecer una regla de igualación de precio.
También, una vez que el proceso estaba por concluir los comisionados Mony de Swaan y Gonzalo Martínez Pous violaron lo dispuesto en el artículo 9-B de la Ley Federal de Telecomunicaciones, al pronunciarse favorablemente por la entrega de los títulos de concesión, arrogándose con tan sólo su voto la declaratoria de una mayoría, a pesar de las manifestaciones que por escrito entregaron los tres comisionados restantes.
Y por lo que hace a Juan Molinar omitió resguardar los principios de legalidad a que se refiere el artículo 134 párrafo tercero de la Constitución Política. “En efecto, de lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento Interior de la citada dependencia se desprende el vínculo de subordinación que tiene la Cofetel en materia de telecomunicaciones respecto del secretario de Comunicaciones y Transportes, pues si bien el pleno de la comisión cuenta con facultades para administrar los procesos de licitación del espectro radioeléctrico, la concesión para su explotación, uso y aprovechamiento sólo se perfecciona con la emisión del título de concesión, por parte del titular de la dependencia.
En esos términos, el C. Juan Molinar Horcasitas era sabedor de las irregularidades del proceso licitatorio, que se atribuyen a los servidores públicos de la Cofetel, de tal suerte que por omisión, es igualmente responsable de transgredir los principios constitucionales y legales referidos con antelación y dado que las decisiones del Pleno de la Cofetel no son vinculantes a la esfera de atribuciones del secretario, incurre en una irregularidad por omisión, que puede agravarse al momento en que suscriba y entregue los títulos de concesión
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También procedería la denuncia ante la Procuraduría General de la República (PGR) –refiere Corral Jurado– por lo tanto el secretario de Comunicaciones y Transportes, los comisionados de Cofetel y los de la CFC, y de confirmarse el supuesto señalado con antelación, podría perfeccionarse la hipótesis prevista en el artículo 217 del Código Penal Federal, pues presumiblemente habrían de cometer el delito de uso indebido de atribuciones y facultades, al otorgar indebidamente una concesión para la explotación, uso y aprovechamiento del espectro radioeléctrico
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