El gobierno cuenta con una reserva de $59.6 millones para las indemnizaciones que resulten
La actual administración apenas obliga a las aseguradoras que contrata a tener una cédula profesional para litigar casos de demandas por negligencia médica: Alberto Guerrero Rojas
Miércoles 19 de enero de 2011, p. 41
La Comisión Nacional de Arbitraje Médico (Conamed) tiene documentado que en los tres años recientes se presentaron mil 896 casos de demandas civiles y penales en contra de personal médico de la Secretaría de Salud (Ssa) por actos de negligencia profesional comprobada, lo cual representó, en ese periodo, un desembolso de 45.8 millones de pesos para cubrir indemnizaciones.
Estos datos constan en estadísticas elaboradas por funcionarios de la Conamed y en expedientes judiciales en poder de La Jornada, en los que se menciona que el gobierno federal tiene una reserva de 59.6 millones de pesos para el posible pago de indemnizaciones que resulten de eventuales sentencias condenatorias emitidas por jueces civiles del país contra médicos que fueron demandados entre 2007 y 2010.
Según el abogado Alberto Guerrero Rojas –uno de los pocos especialistas en derecho sanitario que hay en el país–, el problema de las millonarias indemnizaciones que tiene que cubrir el gobierno federal por concepto de actos de negligencia médica obedece a que las autoridades del sector salud contratan seguros privados con aseguradoras que no cuentan con abogados que dominen esta materia, por lo que pierden los casos en tribunales.
Un abogado que vaya a defender a un médico está obligado a conocer bien la Ley General de Salud, los tres reglamentos derivados sobre la prestación del servicio de atención médica, el de control sanitario de la disposición de órganos, tejidos y cadáveres de seres humanos, además de que debe conocer las normas oficiales mexicanas en atención médica
, puntualizó el también ex director jurídico de la Conamed.
Guerrero Rojas expuso que la mayoría de los abogados que trabajan para las aseguradoras que ha contratado el gobierno federal en la actual administración “apenas si son obligados a tener una cédula profesional para litigar, por ejemplo, casos de demandas por negligencia médica. Son litigantes que desconocen toda la complejidad del derecho sanitario.
El tema de fondo es que si se elige una aseguradora que no cuente con abogados expertos en derecho sanitario, al final de un litigio habrá un derroche de dinero público que pudo haber ahorrado el gobierno
, destacó en entrevista con La Jornada.
De acuerdo con el litigante, se calcula que un médico cirujano demandado por probable negligencia pierde en promedio 60 días hábiles al año en comparecencias judiciales, además de que su estabilidad emocional se ve afectada ante esas situaciones.
El derecho en materia sanitaria en México comprende 54 normas oficiales. Unas se refieren a la disposición de sangre humana y sus componentes con fines terapéuticos. Otras a la prevención, control, manejo y tratamiento del cólera. También existen las relacionadas con la vigilancia epidemiológica, la prevención, tratamiento y control del cáncer del cuello de útero y de mama en la atención primaria, entre otras.
Un caso emblemático en el que dos médicos de la Ssa tras una sentencia judicial fueron declarados responsables de negligencia médica y en el que la dependencia tuvo que indemnizar a los demandantes, ocurrió hace tres años.
Según constancias judiciales del expediente 668/08, un paciente masculino de 73 años de edad, con presión arterial alta y problemas cardiacos, así como de riñón acudió al servicio de urgencias de un hospital de la Ssa en el Distrito Federal al presentar dolor intenso en el vientre. Un médico le diagnosticó pancreatitis aguda y optó por operarlo de urgencia. Al momento de la intervención quirúrgica el paciente falleció.
Los médicos fueron acusados de homicidio. La base de la denuncia penal fue que el paciente falleció durante la inducción anestésica. El médico cirujano y el anestesiólogo fueron condenados por los delitos de lesiones y homicidio.
Debido al desconocimiento de la norma oficial mexicana NOM 170-SSA1-1998 para la Práctica de Anestesiología, el abogado defensor de ambos imputados no tuvo elementos de sustento para demostrar que el paciente tenía predisposición al procedimiento.